STSJ Comunidad Valenciana 1321/2008, 30 de Abril de 2008

PonenteJOSE MARIA ORDEIG FOS
ECLIES:TSJCV:2008:2609
Número de Recurso2252/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1321/2008
Fecha de Resolución30 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

1321/2008

2

R. C.sent.nº 2.252/07

Recurso contra Sentencia núm. 2.252 de 2.007

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos

En Valencia, a treinta de abril de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1.321 de 2.008

En el Recurso de Suplicación núm. 2252/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 16 de febrero de 2.007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 10 de Valencia, en los autos núm. 246/06, seguidos sobre INVALIDEZ, a instancia de Dª Ariadna, representada por la letrada Dª Rosalía Molina, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 16 de febrero de 2.007 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda intepuesta por Dª Ariadna contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo declarar y declaro a la demadante afecta a incapacidad permanente total para su profesión habitual con derecho a percibir una pensión vitalicia mensual del 55% de su base reguladora (598,16 euros) con las actualizaciones y revalorizaciones que procedan y fecha de efectos de 28-10-2005".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La demandante Dª Ariadna con D.N.I. NUM000, nacida el 10-3-1953, se encuentra filiado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, trabajando como panadera. SEGUNDO.- Tras agotar el plazo de IT, el INSS por resolución de fecha 27-10-2005 denegó a la Sra.Ariadna la prestación de incapacidad permanente por no alcanzar las lesiones que padece suficiente grado de disminución de su capacidad laboral. Interpuesta reclamación previa, esta fue rechazada por resolución de fecha 31-1-2006. TERCERO.- La Base reguladora asciende a 598,16 euros. CUARTO.- La parte actora padece: artrosis, en particular rizartrosis y leve gonartrosis leve, tendinitis de Querwain derecha, esoliosis lumbar, insuficiencia venosa en MMII, síndrome ansioso depresivo, osteopenia en región lumbar del 86%. Dichas lesiones limitan a la actora para actividades en bipedestación prolongada o que requieren esfuerzos físicos del raquis".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante. Recibidos...

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