STSJ Andalucía 2114/2007, 21 de Junio de 2007

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2007:3724
Número de Recurso3670/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2114/2007
Fecha de Resolución21 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

2114/2007

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL SEVILLA

Recurso nº 06/3670 - mba

Autos nº 649/05

Iltmos. Señores:

DÑA. BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

D. FRANCISCO M. ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

En Sevilla a 21 de junio de dos mil siete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 2114/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de María Cristina, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número02 de Sevilla, Autos nº649/05; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por María Cristina, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 21 de febrero de 2006, por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO.- Dª María Cristina, con D.N.I nº NUM000, nacida el 28/07/57, figura afiliada a la Seguridad Sociall con el nº NUM001. Su profesión habitual es la de limpiadora.

SEGUNDO.- Iniciado expediente de incapacidad Permanente en el año 2002, el I.N.S.S. dictó resolución por la que acordaba su calificación como incapacidad permanente en el grado de Total, derivada de Enfermedad Común.

La actora, conforme a dictamen de la Comisión de Evaluación de incapacidades de 24/06/02, presentaba el siguiente cuadro clínico: Espondiloartrosis L4-L5 y L5-S! Con prominencia de anillo fibrosos.- Artrosis interapofisiaria L4.L5 con estenosis de canal y recesos laterales sin evidencia de afectación neurológica.

Se encontraba limitada para la realización de tareas que implicaran sobrecarga prolongada o intensa de raquis lumbar.

TERCERO.- Iniciado expediente de revisión de grado en el año 03, el INSS dictó resolución con fecha 27/10/03, por la que desestimó la pretensión revisora instada, a tenor de las patologías reseñadas en IMS de 09/10/03, y posterior dictamen del EVI de 15/10/03.

La actora presenta el siguiente cuadro clínico: Discartrosis L4-L5 y L5-S1.- Espondiloartrosis L4-L5 grado I..- Compromiso crítico de canal raquídeo a nivel L4-L5.- Hipoacusia bilateral moderada HTA.

A tenor de tales patologías se encuentra imposibilitada para realizar tares que conlleven requerimientos moderados de raquis lumbar, tenido igualmente una deficiencia de audición moderada, no pudiendo realizar tareas que implique una buena audición que no tiene.

CUARTO.- Se agotó la vía previa.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda presentada denegando a la actora la revisión del grado de invalidez por agravación y el reconocimiento de la situación de Invalidez Permanente Absoluta solicitada, se interpone por aquella recurso de suplicación, y en un primer motivo, redactado al amparo del apartado b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral (LPL), se interesa la revisión del hecho probado tercero de la sentencia, al objeto de que se adicione al mismo lo siguiente:

"Además de lo anterior, no se recoge en el IMS que la estenosis que padece la actora ha pasado a ser de nivel crítico y se le han sumado otras patologías como son la afectación del síndrome del túnel carpiano derecho severo, segundo dedo en martillo de pie y la distrofia o quiste óseo esclerosante de primera falange respecto a su aparato locomotor.

Tales padecimientos se constatan en Octubre de 2003 y...

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