STSJ Comunidad Valenciana 3004/2007, 2 de Octubre de 2007

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2007:5203
Número de Recurso561/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3004/2007
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2007
EmisorSala de lo Social

3004/2007

3

Rec. contra Sent. nº 561/2007

Recurso contra Sentencia núm. 561/2007

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

En Valencia, a dos de octubre de dos mil siete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3004/2007

En el Recurso de Suplicación núm. 561/2007, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Alicante, en los autos núm. 268/06, seguidos sobre INVALIDEZ, a instancia de D. Ignacio asistido por el Letrado D. Emilio Martínez Cremades, contra INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL, IBERMUTUAMUR representada por el Letrado D. Antonio Fernández Moltó y D. Luis Enrique, y en los que es recurrente la mutua codemandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de mayo de 2006, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que ESTIMANDO en su pedimento principal la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. Ignacio, frente al INSS, IBERMUTUAMUR, D. Luis Enrique, y TGSS, sobre ACC. TRABAJO, debo declarar y declaro al actor afecto de una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual de encargado de obra derivada de accidente de trabajo, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a que, por tanto, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a que, por tanto, abonen al actor una prestación económica consistente en una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora de 14.855,77 euros/año, más los incrementos y revalorizaciones que legalmente corresponda, con efectos económicos de 28-11-05 declarando como responsable directo del pago de la misma a la Mutua codemandada IBERMUTUAMUR, y con la reglamentaria participación de la TGSS, antiguo Servicio de Reaseguros de Accidentes de Trabajo, y del INSS, antiguo Fondo de Garantía de Accidentes de trabajo, a que como responsables subsidiarios atiendan las obligaciones de pago en el supuesto de que la principal responsable aviniera a la situación de insolvencia; absolviendo a la empresa codemandada D. Luis Enrique de los pedimentos aducidos en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Que el actor D. Ignacio, con DNI. NUM000, nacido el 2-4-49 y afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con el nº NUM001,...

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