Sentencia nº 3465/2006 de TSJ Andalucía (Granada), Sala de lo Social, 13 de Diciembre de 2006

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Abogados Laboral y Seguridad Social

Resumen


INVALIDEZ. La marcha claudicante del trabajador repercute axilmente en toda su columna, igualmente degenerativa limitando simplemente la bipedestación e imposibilitando cualquier actividad por pequeña que ella sea, por lo cual requiere la asistencia de tercera persona. Se desestima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Extracto


Sentencia nº 3465/2006 de TSJ Andalucía (Granada), Sala de lo Social, 13 de Diciembre de 2006

3465/2006

1

SECCIÓN SEGUNDA - M.J.

SENT. NÚM. 3.465/2006

ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ

ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO

ILTMA. SRA. Dª. RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a trece de Diciembre de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por l...

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