STSJ Murcia , 4 de Septiembre de 2000

PonenteFRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ
ECLIES:TSJMU:2000:2439
Número de Recurso1439/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA Nº:

1109/2000 ROLLO Nº:

RSU 1439/1999 40128 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En MURCIA a cuatro de septiembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MURCIA formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSE LUIS ALONSO SAURA y D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Filomena contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N.4 de Murcia de fecha 31 de julio de 1.999, dictada en proceso número 1040/98, sobre VIUDEDAD, y entablado por Dª Filomena frente a INSS.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) La actora Dª Filomena , nacida el 5-10-1927, presentó solicitud de pensión de viudedad el 27-02-1998 por el fallecimiento de su esposo D. Jose Ángel , acaecido el 13-01-1996.-2º) el causante contrajo matrimonio con la demandante el 30-03-1957, con la que convivió hasta el año 1965.-3º) El INSS mediante resolución de fecha 20-07-1998 acordó reconocer a la actora pensión de viudedad en cuantía proporcional al tiempo de convivencia matrimonial con el causante, fijando la pensión en 6.388 ptas, mensuales desde el 27-11-1997, base reguladora de 47.839 ptas, porcentaje 45%, prorrata de 22,58, pensión inicial de 4.862 ptas, y revalorizaciones 1.526 ptas.-4º) La actora percibe pensión de jubilación del Régimen Especial Agrario en cuantía mensual de 49.592 ptas.-5º)

Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 21-10-1998."; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por Dª Filomena frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a quien absuelvo de la pretensión en su contra deducida.".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso Recurso de Suplicación por la Letrada Dª Josefa Martínez Sarabia, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La Entidad Gestora de la S.S. -INSS-, demandada, por acuerdo de 20 Julio 1.998, reconoció a la actora pensión de viudedad sobre la base reguladora de 47.839 ptas., porcentaje del 45%, y prorrata del 22'58, siendo la cuantía de la pensión inicial 4.862 ptas.;...

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