Sentencia de TSJ Asturias (Oviedo), Sala de lo Contencioso, 19 de Septiembre de 2002

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Abogados Público y Administrativo

Resumen


INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA. No ha existido indefensión alguna para el recurrente que en todo momento tuvo conocimiento de los hechos imputados y la posibilidad de hacer alegaciones, tanto al pliego de cargos como a la propuesta de resolución, y proponer las pruebas que estimó pertinentes. Asimismo, resulta acreditado que su conducta consistió en alertar a las personas que estaban practicando la caza, con lo cual dificultó la acción de la Guardería encargada del orden cinegético del coto de caza, conducta que ha de encuadrarse y tipificarse debidamente en el n° 6 del artículo 45 de la Ley de Caza citada, como infracción grave, y sancionada, conforme al mismo, con multa de 1.502,54, y retirada de la licencia de caza o imposibilidad de obtenerla por cinco años, y en este sentido debe estimarse parcialmente el recurso interpuesto. Se estima en parte el contencioso administrativo.

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Extracto


Sentencia de TSJ Asturias (Oviedo), Sala de lo Contencioso, 19 de Septiembre de 2002

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0104107 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 655 /2000 Sobre INFRACCIONES Y SANCIONES De D/ña. Luis Pedro Procurador/a Sr/a. LUIS ALVAREZ FERNANDEZ Contra D/ña. PRINCIPADO LETRADO COMUNIDAD SENTENCIA n° 675 Ilmos....

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