STSJ Comunidad Valenciana , 2 de Julio de 2002

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJCV:2002:7425
Número de Recurso1258/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

5 Recurso nº 1258/01 Recurso contra Sentencia núm. 1258/01 Ilmo.Sr.D. Francisco Javier Lluch Corell Presidente Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada.

Ilma. Sra. Dª. Ana Vega Pons Fuster Olivera En Valencia, a dos de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4075/2002 En el Recurso de Suplicación núm. 1258/01, interpuesto contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2000, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 14 de Valencia, en los autos núm. 849/00, seguidos sobre incapacidad absoluta, a instancia de Dª. Eva asistido por el letrado D. Cebria Molinero Lloret, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 31 de enero de 2000 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda interpuesta por Eva c debo absolver y absuelvo de la misma al demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La parte actora Eva , con D.N.I. Nº NUM000 , nacida el 4-6-1943, se encuentra afiliado en el Régimen de Empleados de Hogar. SEGUNDO.- Fue Declarada la actora en situación de incapacidad permanente, grado de total para su profesión habitual, por resolución de la entidad gestora de 12-6-96, en virtud de las siguientes secuelas: artritis reumatoide, refiere poliartralgias que se acentúan al realizar esfuerzos o a la deambulación. Deformidad ambas manos, más acusada en articulación MCF e IF 2º y 3º

dedo mano derecha y 2º, 3º y 4º dedos mano izquierda. Inflamación ambas rodillas. También planeta depresión reaccional. En tratamiento por reumatología y psiquiatría cada tres meses aproximadamente.

Discapacidad para realizar actividades que requieran esfuerzos moderados y funcionalidad manual.

TERCERO

La parte demandante en fecha 19-5-2000 solicitó del INSS revisión por agravación que le fue denegada por Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 13-7-00 e interpuesta Reclamación Previa le fue asimismo denegada por Resolución de 28-9-00. CUARTO.- La Base reguladora asciende a 70.250 pesetas mensuales. QUINTO.- La parte actora padece: artritis reumatoide diagnosticada en 1992 que afecta a manos (MCF e IF dedos 2º, 3º y 4º) y fundamentalmente a rodillas estando pendiente de artroplastia bilateral a corto plazo. Desde 1/2000 en lista de espera quirúrgica para implantación de prótesis total de rodilla izquierda. Exploración: limitación de la flexión dorso lumbar.

Funcionalidad de ambas manos completa. Arcos de movilidad de hombros y muñecas limitados al menso del 50%. Flexión ambas rodillas limitada en últimos gardos y limitación de la extensión (- 15%). No se observa inflamación articular en la actualidad. Limitación para actividades que impliquen bipedestación o deambulación mantenidas y sobrecarga general artícular. Trastorno distímico, mantiene consultas periódicas con psicóloga y psiquiatra de la Unidad de Salud Mental de Gandía, clínicamente se objetiva buen nivel de conciencia, buena orientación aut y alopsíquica, no alteraciones psicoorgánicas, destacando oscilaciones frecuentes de su estado de ánimo, acompañados de rasgos de personalidad caracterizados por significativa dependencia y tendencia a la impulsividad.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR