STSJ Andalucía , 28 de Enero de 2003

PonenteEMILIO LEON SOLA
ECLIES:TSJAND:2003:1329
Número de Recurso2573/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

7 SECCIÓN 1ª

M.D. SENTENCIA NÚM. 261/2003 Autos 547/01 Jaén 3 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a veintiocho de enero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En los recursos de Suplicación núm. 2573/02, interpuestos por CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA y por Dª Antonieta contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. TRES de JAÉN en fecha 12 de junio de 2.002 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. EMILIO LEÓN SOLÁ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª Antonieta en reclamación sobre CONTRATO DE TRABAJO (IMPUGNACION PROMOCION INTERNA) contra CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA contra Dª

Dolores , D. Jose Carlos , Dª Eugenia , D. Francisco , D. Jesús Carlos , Dª Laura , Dª Mariana , Dª Olga , D. Roberto y contra D. Constantino y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 12 de junio de 2.002, por la que estimando la excepción alegada de incompetencia de Jurisdicción, y absteniéndome de entrar en el fondo del asunto debo absolver y absuelvo, en la presente instancia a los demandados Consejería de Justicia y Administración Pública, Dª Dolores y 9 mas, de la acción contra ella intentada.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes: 1.- La actora

Dª Antonieta con D.N.I. NUM000 es trabajadora fija de la Consejería de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía con la categoría de cuidadora de educación especial perteneciente al grupo 4º publicando la orden de 27 julio de 2000 proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a diversas categorías profesionales de personal laboral de administración de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción interna, y exigiendo dicha orden estar en posesión de la titulación de técnico especialista en Jardín de infancia o técnico superior en educación infantil, participando en la convocatoria la actora y los demandados junto con diversas personas. 2.- Por orden de 19 de julio de 2001 se dispone a elevar a definitiva la propuesta de resolución efectuada por la comisión de valoración mediante la adjudicación de los destinos especificados en la relación de adjudicatarios contenida en el anexo 1 de la orden citada, apareciendo como adjudicatarios del puesto de trabajo de especialista de puericultura aspirantes que no se encuentran en titulación de técnico especialista en jardín de infancia o técnico superior en educación infantil.

  1. - Que la actora instó Reclamación previa ante la Consejería de Justicia y Administración Pública solicitando la revocación de la orden impugnada en el sentido de que no se...

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