STSJ Andalucía , 10 de Julio de 2000

PonenteJOSE ANTONIO SANTANDREU MONTERO
ECLIES:TSJAND:2000:10495
Número de Recurso2448/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 2.448/1996 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 1.051 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lázaro Guil D. Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a diez de julio de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 2.448/1996 seguido a instancia de la mercantil HEROGRA FERTILIZANTE, S.A., que comparece representada por la Procuradora Dª Elena Marín Gómez y dirigida por Letrado, siendo parte demandada el INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es 550.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora Sra. Marín Gómez, en la representación acreditada, se interpuso recurso contencioso-administrativo el día 11 de julio de 1996, contra la resolución de 7 de mayo de 1996 desestimatoria de la solicitud de incentivos por la contratación. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte sentencia anulando, por no conforme a derecho, la resolución impugnada, y condenando a la Administración demandada a conceder a la sociedad actora la subvención de 550.000 pesetas mas los intereses legales correspondientes por la transformación en indefinido del contrato temporal y en prácticas que vinculaba a la empresa con el trabajador D. Marco Antonio ; con expresa condena en costas a la demandada.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desestimación del recurso y confirme el acto recurrido, toda vez que el mismo es en todo conforme a derecho.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUINTO

Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó darles traslado para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación . Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Santandreu Montero.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Doña Elena Marín, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de HEROGRA FERTILIZANTES S.A. interpuso el 11 de julio de 1996 Recurso Contencioso Administrativo contra la Resolución de 7 de mayo de 1996 de la Dirección Provincial del INEM en Granada que denegó los incentivos solicitados establecidos en la Ley 22/1992, de 30 de julio, por la transformación en indefinido del contrato de trabajo en prácticas suscrito con el trabajador D. Marco Antonio , en cuanto no supuso un incremento respecto...

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