STSJ Cataluña 179/2008, 10 de Enero de 2008
Ponente | SEBASTIAN MORALO GALLEGO |
ECLI | ES:TSJCAT:2008:297 |
Número de Recurso | 659/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 179/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2005 - 0027380
CR
ILMO. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO
ILMO. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS
ILMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA
En Barcelona a 10 de enero de 2008
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 179/2008
En el recurso de suplicación interpuesto por Germán frente a la Sentencia del Juzgado Social 32 Barcelona de fecha 7 de diciembre de 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 659/2005 y siendo recurrido/a -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.
Con fecha 20 de septiembre de 2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 7 de diciembre de 2005 que contenía el siguiente Fallo:
Que estimando la pretensión subsidiaria de la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Germán frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre Incapacidad Permanente en grado de total, debo declarar y declaro que el actor se encuentra en situación de incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común, con derecho a la percepción de una prestación del 55% de la base reguladora de 718,04 euros mensuales, mas sus revalorizaciones y mejoras legales, y efectos desde el día 18/05/2005, con revocación de la resolución impugnada, condenando a la demandada a : estar y pasar por tal declaración.
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
"1.- Germán, nacido el día 20/11/1968, con NIE n9 NUM000 se encuentra afiliado a Ja Seguridad Social con el nº NUM001, en situación de alta en el régimen general. (hecho no controvertido).
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- El demandante inició un proceso de incapacidad temporal en fecha 18/07/2003 y agotó el subsidio el 17/01/2005. Tramitado el correspondiente expediente administrativo, fue reconocido médicamente, emitiéndose dictamen por la UVAMI en fecha de 23/02/2005 con el siguiente resultado: "Hernias discretas L4-L5 y L5-S1; lumbociatalgia derecha con radiculopatía derecha recuperada clínica y electromiográficamente". Siendo dictada resolución por la Dirección Provincial del INSS, con fecha 17 de Mayo de 2005 por la que se declaraba a la parte actora no afecta de incapacidad permanente en ninguno de sus grados (folio nº 11-12).
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- Contra dicha resolución fue interpuesta la...
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