STSJ Andalucía 3512/2007, 22 de Noviembre de 2007
Ponente | LETICIA ESTEVA RAMOS |
ECLI | ES:TSJAND:2007:12356 |
Número de Recurso | 1029/2007/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 3512/2007 |
Fecha de Resolución | 22 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
3512/2007
Recurso nº 1029/07 (DT) Sentencia nº 3512/07
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EXCMO. SR.:
DON ANTONIO REINOSO Y REINO, Pres. de la Sala
ILMOS. SRES.:
DON LUIS LOZANO MORENO
DOÑA LETICIA ESTEVA RAMOS
En Sevilla, a veintidós de noviembre de dos mil siete.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente
SENTENCIA NÚMERO 3512/07
En el recurso de suplicación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia del Juzgado de lo Social Único de Algeciras, en sus autos núm. 1009/04; ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada-Suplente, Doña LETICIA ESTEVA RAMOS.
Según consta en autos, se presentó demanda por Don Gustavo, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre incapacidad, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 21 de diciembre de 2006 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"PRIMERO.- 1.- El actor, D. Gustavo, mayor de edad, nacido el 5 de julio de 1950, con D.N.I. núm. NUM000, figura encuadrado en el R.E.T.A. con NAF NUM001, y -en lo que importa a la presente litis- por Resolución del I.N. S.S. de fecha 2 de agosto de 2004, fue declarado en situación de IPT./EC. para su profesión habitual de pintor de automóviles, conforme una BRM de 944,53 euros, fecha de efectos económicos 1 de agosto de 2004, y en base al siguiente cuadro clínico residual (a) y las siguientes limitaciones orgánicas y funcionales (b):
a.- cardiopatía isquémica con enfermedad severa de un vaso, IAM anterior extenso. Artritis reumatoide seropositiva. Osteopenia.
b.- Patología articular grado 2. Patología cardiológico. Grado 2-3.
-
- Disconforme con esta resolución, el 23 de septiembre de 2004, el actor formalizó reclamación previa a la vía judicial, que fue desestimada por silencio, y el 26 de noviembre de 2004, finalmente, interpuso ante este Juzgado la demanda origen de las presentes actuaciones.
En el momento en que fue emitido el preceptivo informe médico de síntesis que precede a la resolución del I.N.S.S. hoy impugnada por el actor, el mismo presentaba el siguiente cuadro clínico residual (a) y las siguientes limitaciones orgánicas y funcionales (b):
a.- Cardiopatía isquémica, con enfermedad severa de un vaso. IAM anterior extenso. Artritis reumatoide seropositiva. Osteopenia.
b.- Patología articular Grado 2. Patología Cardiológico Grado 2-3."
Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, que ha sido impugnado de contrario.
Don Gustavo, nacido el 05-07-1950, afiliado al RETA de la Seguridad Social con núm. NUM001, en fecha 2 de agosto de 2004 mediante Resolución del INSS fue declarado afecto a situación de Incapacidad Permanente en grado Total por enfermedad común, para su profesión habitual de pintor de automóviles, en base al cuadro clínico siguiente: Cardiopatía Isquémica, con enfermedad severa de un vaso; Infarto Agudo de Miocardio anterior extenso; Artritis reumatoide seropositiva; Osteopenia. Las limitaciones orgánicas y funcionales son Patología -Articular Grado 2....
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