STSJ Comunidad Valenciana 1261/2006, 11 de Abril de 2006

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2006:2121
Número de Recurso4363/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1261/2006
Fecha de Resolución11 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

Rec. contra Sent. nº 4363/2005

Recurso contra Sentencia núm. 4363/2005

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a once de abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 1261/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 4363/2005, interpuesto contra la sentencia de fecha 14/7/05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 13 de Valencia, en los autos núm. 770/04, seguidos sobre LESIONES PERMANENTES, a instancia de D. Lázaro asistido del Letrado D. Rafael Marco Cardá, contra el INSTITUTO NACIONAL SEGURIDAD SOCIAL e INDUSTRIAS PRIM BALL, S.L., y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 14/7/05 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Don Lázaro , contra el Instituto Nacional de la Seguridad social y la empresa Industrias Prim Ball S.L., absolviendo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El demandante Lázaro , con D.N.I. núm. NUM000 , que presta servicio en la empresa Industrias Prim Ball, S.L., solicitó del INSS indemnización por lesiones permanentes no invalidantes derivadas de enfermedad profesional el 7/07/2003, siendo entidad aseguradora de accidentes Fremap (doc. obrante en expediente administrativo). La demandada pertenece a la industria del metal, el actor percibe plus de penosidad y dispone de protectores auditivos (Confesión representante empresa). SEGUNDO.- Seguido expediente administrativo sobre Lesiones Permanentes No Invalidantes derivadas de Enfermedad Profesional, tras el informe de valoración médica del médico evaluador de fecha 26/04/04, y tras el informe propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS de 28/04/04, por Resolución del INSS de 3/05/04, se denegó la prestación por no ser constitutivas de incapacidad permanente las lesiones que padece, en ninguno de los grados establecidos por la ley, ni valorables como lesiones permanentes no invalidantes. NO...

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