STSJ Murcia 439, 9 de Mayo de 2006

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2006:439
Número de Recurso495/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución439
Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00529/2006 ROLLO Nº: RSU 0495/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a nueve de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña Sofía , contra la sentencia número 35/06 del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 3 de Febrero de 2.006, dictada en proceso número 821/05 , sobre Incapacidad, y entablado por doña Sofía frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- La demandante doña Sofía , nacida el 6-06-1954, fue alta en la Seguridad social en el Régimen Especial Agrario por cuenta ajena, con número de afiliación NUM000 , por tareas de trabajadora agrícola por cuenta ajena. SEGUNDO.- La actora, en fecha 13-11-2003, inició proceso de incapacidad temporal. TERCERO.- En fecha 18-05-2005 se emitió informe médico de síntesis, y el Equipo de Valoraciones de Incapacidades de fecha 23-05-2005 elevó propuesta de inexistencia de incapacidad permanente. CUARTO.- La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social mediante resolución de fecha 25-05-2005 acordó denegar la prestación solicitada por no alcanzar las dolencias que padece la actora, el grado suficiente de menoscabo para ser constitutivas de incapacidad permanente. QUINTO.- La actora deduce demanda en la que solicita se le declare en situación de invalidez permanente en el grado de total para la profesión habitual. SEXTO.- La demandante presenta las secuelas siguientes: intervenida de tendinitis de Quervain derecha en noviembre de 2.003; episodio de epicondilitis izquierda en noviembre de 2.004; síndrome subacromial hombro derecho; STC derecho, HERNIA DISCAL C5-C6; radiculopatía C6 derecha leve y evolución crónica son signos de denervación en el momento actual; rizartrosis incipiente mano derecha; a la exploración; discreta contractura trapecio derecho, movilidad del cuello, normal, limitación últimos grados de movilidad del hombro derecho. SEPTIMO.- La base reguladora aplicable asciende a 507,32 . OCTAVO.- Interpuesta reclamación previa fue desestimada por resolución de fecha 12-08-2.005." y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Desestimo la demanda interpuesta por doña Sofía frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, y absuelvo al mismo de la pretensión en su contra deducida."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Jorge Vilaplana Pérez, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- La actora, doña Sofía , presentó demanda en la que invoca que es peón agrícola, solicitando la declaración en situación de invalidez permanente total.

La sentencia recurrida desestimó la demanda, razonando en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR