STSJ Castilla-La Mancha 291, 8 de Febrero de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL PEREZ YUSTE
ECLIES:TSJCLM:2006:291
Número de Recurso238/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución291
Fecha de Resolución 8 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2 ALBACETE SENTENCIA: 10021/2006 Recurso de Apelación núm. 238 de 2004 < /span>

Toledo SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

Dª. Raquel Iranzo Prades Magistrados:

D. Jaime Lozano Ibáñez D. Miguel Ángel Pérez Yuste En Albacete, a ocho de Febrero de dos mil seis.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla- La Mancha, los presentes autos número 238/04 del recurso de apelación contencioso administrativo seguido a instancia de la CONSEJERIA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Junta, contra Dª Antonieta , que ha estado representada por el Procurador Sra.: Gómez Ibáñez y dirigida por el Letrado D. Juan M. Bachiller Ramón, sobre concurso de traslados; siendo Ponente el Itmo. Sr. Magistrado D. Miguel Ángel Pérez Yuste,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se apela la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Toledo, de fecha 1-6-2004 , recaída en los autos del recurso contencioso-administrativo número 435/03 . Dicha sentencia "Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dª Antonieta contra la resolución de 3 de septiembre de 2003 del Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de 27 de mayo de 2003 del Director General de Recurso Humanos por el que se resuelve definitivamente el concurso de traslados convocado por Orden de 16 de octubre de 2002 y anula en parte la resolución recurrida, declarando el derecho de la recurrente a que se le computen en el concurso tres puntos más por el apartado "otras titulaciones universitarias", con todos los efectos legales inherentes a tal declaración; y sin expresa condena en costas"..

SEGUNDO

El demandante interpuso recurso de apelación alegando que concurren tales circunstancias para que fuera estimado el recurso.

TERCERO

El apelado se opuso señalando el acierto y corrección de la sentencia apelada.

CUARTO

Recibidos los autos en esta Sala, se formó el correspondiente rollo de apelación, y no habiéndose opuesto la inadmisibilidad del recurso ni solicitado prueba, se señalo votación y fallo para el día 1-2-2006; llevada a cabo la misma, quedaron los autos vistos para dictar la correspondiente sentencia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso de apelación contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Toledo se fundamenta en que de conformidad con lo establecido en el Anexo I A) de la Orden de Convocatoria, para valorar "otras titulaciones", los concursantes deberán aportar "los títulos que posean". De este modo debió aportar la actora todos los títulos, incluido el que supuso su acceso al cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria, que en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR