STSJ Andalucía , 8 de Marzo de 2001
Ponente | RAFAEL PEREZ NIETO |
ECLI | ES:TSJAND:2001:3022 |
Número de Recurso | 1228/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 8 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA.
SALA EN SEVILLA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
SECCIÓN TERCERA.
RECURSO 1228/98 .
(Registro General número 4497/98).
SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don Rafael Osuna Ostos.
Iltmos. Sres. Magistrados Don Ruperto Martínez Morales.
Don Rafael Pérez Nieto.
En Sevilla, a 8 de marzo del año dos mil uno. La Sala en Sevilla de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso número 1228/98, interpuesto por D. Jose Ramón , representado por el procurador Sr. Rodríguez González contra el Ayuntamiento de Sevilla, representado y defendido por Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico. La cuantía es de 20.381 pts. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Don Rafael Pérez Nieto.
I.-
El recurso se interpuso el día 21 de mayo de 1998, contra la resolución de fecha 24 de febrero de 1998 del Ayuntamiento de Sevilla por la que se resolvió negativamente el recurso de reposición contra la resolución de 20 de enero de 1998 que desestima la reclamación contra la liquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) correspondiente al ejercicio de 1997 y respecto del vehículo turismo matricula XO-....-UJ .
En el escrito de demanda la parte recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que anule la resolución recurrida, por ser contraria a Derecho, o subsidiariamente, que se declare que el recurrente viene obligado a satisfacer únicamente la parte proporcional de la deuda tributaria correspondiente al periodo de 1 de enero a 26 de febrero de 1997 .
En el escrito de contestación a la demanda, la Administración se opuso a las. pretensiones de la parte recurrente, y pidió que se dicte sentencia en la que se desestime íntegramente el recurso.
Se señaló para votación y Fallo el día 8 de marzo del año 2001, en el que, efectivamente, se ha votado y fallado.
II.-
Se debate en el presente recurso contencioso administrativo la conformidad a Derecho de la resolución de fecha 24 de febrero de 1998 del Ayuntamiento de Sevilla por la que se resolvió negativamente el recurso de reposición contra la resolución de 20 de enero de 1998 que desestima la reclamación contra la liquidación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
correspondiente al ejercicio de 1997 y respecto del vehículo turismo matricula XO-....-UJ , Por la parte actora se alega que hubo sido propietario del referido vehículo desde 1993 hasta el día 26-2- 1997, fecha en la que transfirió la propiedad a un tercero, e inscribiéndose tal circunstancia en el correspondiente registro de...
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