Sentencia nº 216/2006 de TSJ Canarias (Las Palmas de Gran Canaria), Sala de lo Contencioso, 17 de Marzo de 2006
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Resumen
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Incluso la jurisprudencia del orden social reconoce una finalidad compensatoria al complemento de prestaciones de SS que se abona en concepto de prejubilaciones a los trabajadores cesados en virtud de expediente de regulación de empleo, pues su finalidad es compensar la pérdida salarial derivada de la extinción del contrato de trabajo. Se desestima contencioso administrativo.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Tribunal económico administrativo
Extracto
Sentencia nº 216/2006 de TSJ Canarias (Las Palmas de Gran Canaria), Sala de lo Contencioso, 17 de Marzo de 2006
SENTENCIA Nº
ILTMOS. SRES.DON FRANCISCO JOSE GÓMEZ CÁCERESPresidenteDON JESÚS JOSÉ SUÁREZ TEJERA (Emérito)DON JAVIER VARONA GÓMEZ ACEDOMagistradosLas Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de marzo del año dos mil seis.Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias(Sección 1ª), con sede en esta Capital, el presente recurso núm 406/2003, en el que intervienecomo demandante DON Juan Enrique representado por el Procurador Don Francisco Javier Neyra Cruz, asistido de Letrado y como Administración demandada, el Tribunal Economico Administrativo Regional de Canarias, representado por el Abogado del Estado; versandosobre impuesto sobre la renta de las personas físicas; fijandose la cuantía del recurso en la suma de1.394,36 eurosANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO. - Por resolución del Tribunal Economico Administrativo Regional de Canarias, de fecha 27 de noviembre del 2002, dictada en la Reclamació ;n Nº: 35/1376/02 por el Concepto: LRP.F. se acordó: ANTECEDENTES DE HECHO: PRIMERO: Con fecha 20 de mayo de 2002, el interesado presentó reclamación económico-administrativa contra el acuerdo de 9 del mismo mes y año, dictado por la Administración de Guía de la Agencia Tributaria, desestimatorio de recurso de reposición nú ;mero de expediente 35010E020093733, promovido contra liquidación provisional I. R.P.F. del ejercicio de 2000, NUM000 , por importe a ingresar de 1.394,36£...FALLO De acuerdo con lo señalado anteriormente, ESTE TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANARIAS, reunido en Sala y fallando en única instancia, acuerda DESESTIMAR la reclamación presentada.SEGUNDO.- El actor interpuso recurso contencioso administratirvo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que, estimando íntegramente el presente recurso se declare apercibir del ejercicio 2000 bien por la EXENCIÓN TOTAL, al amparo de los arts 50. 1. a) y 56. 1.a) del Estatuto de los Trabajador...Ver el contenido completo de este documento
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