Sentencia de TSJ Galicia (A Coruña), Sala de lo Contencioso, 27 de Febrero de 2004

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Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Ciertamente a esa estimación no es óbice el que los contrayentes en su día hubieren obtenido sentencia eclesiástica de nulidad de su matrimonio sobre la base de la ausencia de consentimiento matrimonial, ya que la obligación de pago de la pensión señalada en convenio y sentencia de separación subsiste pues la nulidad eclesiástica del matrimonio no invalida los efectos producidos por la sentencia de separación; en consecuencia tanto la pensión compensatoria como la alimenticia a favor de la esposa sobreviven a esa declaración de nulidad, si no existe pronunciamiento nuevo basado en un cambio sustancial de las circunstancias en las que se aprobaron las estipulaciones que rigen la relación posterior al pronunciamiento de la sentencia de separación, criterio que suscribe la Sala y expresa el ponente. Se estima el contencioso administrativo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrente

Extracto


Sentencia de TSJ Galicia (A Coruña), Sala de lo Contencioso, 27 de Febrero de 2004

RECURSO NÚMERO: 7649/2000 y 7951/2000 (acumulado)

RECURRENTE: Domingo ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA PONENTE: D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO /

Ilmos. Señores:

D. Jose Antonio Vesteiro Perez D. Francisco Javier D´ Amorín Vieitez D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ A Coruña, Veintisiete de Febrero de dos mil cuatro.

En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 7649/2000 y 7951/2000 (acumulado), pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Domingo , con D.N.I. número NUM000 , domiciliado en RUA000 , NUM001 Breixo-Oleiros, represen...

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