STSJ Comunidad de Madrid , 25 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
ECLIES:TSJM:2002:12129
Número de Recurso2293/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 2293/99 PROCURADOR: Sr. Venturini Medina TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 1996 Ilmos. Sres. :

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados:

D. José Ignacio Parada Vázquez D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo Dª María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos En la villa de Madrid, a veinticinco de septiembre de dos mil dos. VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 2293/99, interpuesto por el Procurador D. Victorio Venturini Medina, en representación de D. Esteban , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 12 de mayo de 1999, que desestimó la reclamación n°

28/18689/96 deducida contra liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se anule y deje sin efecto la liquidación provisional recurrida, con devolución del aval bancario que consta en autos.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que confirme el acuerdo recurrido.

TERCERO

Finalizada la tramitación, para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 24 de septiembre de 2002, en cuya fecha ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 12 de mayo de 1999, que desestimó la reclamación deducida por el hoy demandante contra acuerdo de la Agencia Tributaria que había rechazado el recurso de reposición planteado frente a liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1993, por importe de 595.025 pesetas.

El actor presentó declaración por el impuesto y ejercicio citados, reduciendo de la base imponible una suma en concepto de pensión compensatoria a su cónyuge, deducción que no fue admitida por la Administración por entender que se trataba de una pensión alimenticia a favor del hijo común.

SEGUNDO

En la materia que nos ocupa cabe distinguir perfectamente dos tipos de pensión: por un lado la pensión compensatoria, que tiene por...

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