Sentencia nº 23/2008 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 17 de Enero de 2008

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Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. No estamos, por tanto, ante un rendimiento irregular porque se trata de un ingreso habitual del interesado percibido mensualmente hasta cumplir determinada edad, ni tampoco ante una renta vinculada a la duración del contrato laboral. Si se admitiera el criterio del demandante se le estaría dispensando un trato privilegiado en relación con otros contribuyentes de similares rendimientos anuales, lo que resultaría contrario a la finalidad perseguida por el legislador. Por otro lado, aunque el art. 10.1.f) del Real Decreto 214/1999 incluya entre los rendimientos del trabajo obtenidos de forma notoriamente irregular ""las cantidades satisfechas por la empresa a los trabajadores por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral"", tal calificación exige que el rendimiento se impute en un único período impositivo, requisito que no concurre en este caso. Se desestima el contencioso administrativo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

Extracto


Sentencia nº 23/2008 de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 17 de Enero de 2008

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00023/2008

PROCURADOR D. LUIS PIDAL ALLENDESALAZAR

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

S E N T E N C I A 23

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados:

D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo

Dª María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

D. José Ignacio Parada Vázquez

__________________________________

En la villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil ocho.

VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 768/2004, interpuesto por el Procurador D. Luis Pidal Allendesalazar, en representac...

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