Sentencia de TSJ País Vasco (Bilbao), Sala de lo Contencioso, 10 de Mayo de 2001

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Resumen


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. COMPLEMENTO DE JUBILACIÓN ANTICIPADA. Es inviable la calificación fiscal de tales rendimientos como renta irregular de cada ejercicio sucesivo, pues se trata del pago periódico e ilimitado en el tiempo de un complemento reconocido por la Empresa empleadora en compensación de la pérdida del puesto de trabajo y de los ingresos que le hubiera supuesto una mayor pensión e indemnización si hubiese llegado a la edad legal de jubilación. Se desestima el recurso contencioso administrativo.

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Historial del Caso


☞ Sentencia Favorable a: Tribunal económico administrativo

Extracto


Sentencia de TSJ País Vasco (Bilbao), Sala de lo Contencioso, 10 de Mayo de 2001

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 726/99 DE ORDINARIO.LEY 98 SENTENCIA NUMERO 415/2001 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE MAGISTRADOS:

D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA Dª CARMEN ALVAREZ THEURER En la Villa de BILBAO, a diez de Mayo de Dos mil uno. La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 726/99 y seguido por el procedimiento ORDINARIO LEY 98, en el que se impugna: el acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Foral del Bizkaia fechado el 19 de Enero de 1.999, que confirmó liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del ejercicio de 1.995.

Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Franco , representado y dirigido por la Letrada Dª

ISABEL QUINTANA CANTERO.

Como demand...

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