Sentencia de TSJ Cataluña (Barcelona), Sala de lo Contencioso, 28 de Abril de 2005
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Resumen
FARMACIA. APERTURA. La Administración demandada debi? aplicar el criterio de prioridad en la presentación de solicitudes y no el criterio de baremo de circunstancias o m?ritos a efectos de determinar el mejor derecho del solicitante, en el supuesto de concurrencia, por lo que procede, como l?gica consecuencia, la estimación del presente recurso contencioso-administrativo declarando el derecho de do?a Margarita a que se le autorice la apertura de una nueva oficina de farmacia en el A.B.S. LLEIDA 4, debiendo proceder don Gustavo al cierre de la oficina de farmacia cuya autorización le fue reconocida por acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio de Farmac?uticos de Lleida, en el caso de encontrarse abierta. Se estima el contencioso administrativo.
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Historial del Caso
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
Extracto
Sentencia de TSJ Cataluña (Barcelona), Sala de lo Contencioso, 28 de Abril de 2005
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso nº 1345/2002 SENTENCIA Nº 367/2005 ILMOS. SRES.:
PRESIDENTE:DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO MAGISTRADOS:DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DON JOSÉ MANUEL DE SOLER BIGAS En la Ciudad de Barcelona, a veintiocho de abril de dos mil cinco.LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo arriba referenciado, interpuesto por DOÑA Margarita , representada por el Procurador DON FRANCISCO JAVIER MANJARIN ALBERT y dirigida por el Letrado DON MARTÍ PEYA LLACH, contra la ADMINISTRACIÓN DE LA...Ver el contenido completo de este documento
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