STSJ Comunidad de Madrid 2356/2006, 21 de Diciembre de 2006
Ponente | JUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIU |
ECLI | ES:TSJM:2006:14596 |
Número de Recurso | 593/2003 |
Número de Resolución | 2356/2006 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9
MADRID
SENTENCIA: 02356/2006
SENTENCIA Nº 2356
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION NOVENA
Ilmos Sres.:
Presidente:
Don Ramón Veron Olarte:
Magistrados:
Dª. Angeles Huet Sande
Juan Miguel Massigoge Benegiu.
Dª. Berta Santillán Pedrosa.
José Luis Quesada Varea.
Dª. Margarita Pazos Pita
D. Juan Ignacio González Escribano
En la Villa de Madrid a veintiuno de diciembre del año dos mil seis.
Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 593/2003, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Eusebio Ruiz Esteban, en nombre y representación de Don Rodolfo, contra la resolución dictada por la Jefatura Superior de Policía de Madrid (por delegación de la Delegación del Gobierno en Madrid), de fecha 5 de febrero de 2002, confirmada en reposición por resolución de fecha 13 de febrero de 2003; habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.
La Abogacía del Estado contesta a la demanda, suplicando se dicte sentencia confirmatoria de la resolución impugnada por considerarla ajustada al ordenamiento jurídico.
No habiéndose recibido el presente proceso a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes para votación y fallo.
En este estado se señala para votación y fallo el día 21 de diciembre de 2006, teniendo lugar así.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Juan Miguel Massigoge Benegiu.
El presente recurso contencioso administrativo se interpone por Don Rodolfo, contra la resolución dictada por la Jefatura Superior de Policía de Madrid (por delegación de la Delegación del Gobierno en Madrid), de fecha 5 de febrero de 2002, confirmada en reposición por resolución de 13 de febrero de 2003, por la que se le deniega el permiso solicitado de residencia temporal por arraigo por no cumplir los requisitos establecidos en el art. 31.4 de la LO 4/2000, reformada por la LO 8/2000, de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, al no haber acreditado su situación de arraigo en España por ninguna de las vías autorizadas ni acreditar fehacientemente su estancia en España desde antes del 23 de enero de 2001.
Para la resolución del presente recurso contencioso administrativo han de tenerse en cuenta los siguientes hechos derivados del expediente administrativo y de las alegaciones de las partes:
a).- El actor Don Rodolfo, formuló en fecha 11 de julio de 2001 solicitud de Permiso de Residencia Temporal al amparo de lo dispuesto en el art. 31.4 de la L.O. 4/2000 modificada por la L.O. 8/2000.
b).- Aportó con su solicitud pasaporte, tarjeta de afiliación a la Seguridad Social y oferta de Trabajo para trabajadores extranjeros.
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Denegada su solicitud por resolución de fecha 5 de febrero de 2002, por no cumplir las disposiciones previstas en la Instrucción de fecha 8 y 12 de junio de 2001 de la Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración en aplicación de lo dispuesto en el art. 31.4 de la L.O. 8/2000, fue recuída en reposición, recurso que fue desestimado por resolución de fecha 13 de febrero de...
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