STSJ Cataluña 9484, 6 de Octubre de 2005

PonenteMARIA PILAR RIVAS VALLEJO
ECLIES:TSJCAT:2005:9484
Número de Recurso4850/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución9484
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG :

MG ILMO. SR. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ BURRIEL ILMO. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

ILMA. SRA. Mª PILAR RIVAS VALLEJO En Barcelona a 6 de octubre de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 7552/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por Correos y Telégrafos, S.A.E. y Leonardo Y OTROS frente a la Sentencia del Juzgado Social 24 Barcelona de fecha 3.12.2004 dictada en el procedimiento Demandas nº 406/2004 y siendo recurrido/a Fondo de Garantia Salarial. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Mª

PILAR RIVAS VALLEJO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 5.11.2004 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 3.12.2004 que contenía el siguiente Fallo:

Desestimando la excepción de indebida acumulación de acciones debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por Leonardo Y 12 MAS contra CORREOS Y TELEGRAFOS SAE en reclamación por despido debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos efectuados, condenado a la empresa a su opción, que deberá efectuar ante este Juzgado en el plazo de 5 días, a que readmita a los actores en su mismo puesto y condiciones de trabajo con más el pago de los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido hasta el de la notificación de la presente resolución a razón de 36'8 euros o a que les abone las siguientes indemnizaciones:

Leonardo : 15.483'6 euros Frida : 8992'68 euros Jesús Luis : 11542'65 euros María Inés : 7514'35 euros Daniel : 6508 '08 euros Fátima : 6181 '90 euros Silvia : 6321 '34 euros Lucio : 5415'12 euros Jose Pedro : 7899'12 euros Pedro Francisco : 3759'12 euros Emilia : 5314'27 euros más también el pago de los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido hasta el de la notificación de la presente resolución a razón de las siguientes cantidades diarias:

Leonardo : 36'8 euros Frida : 36'8 euros Jesús Luis : 34'43 euros María Inés : 34'43 euros Daniel : 36'8 euros Fátima : 34'43 euros Silvia : 34'43 euros Lucio : 36'8 euros Jose Pedro : 36'8 euros Pedro Francisco : 36'8 euros Emilia : 34'43 euros

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO.- Leonardo lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 2-1-1995, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto 1 y percibiendo 1119'29 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida). Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 días hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Frida lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 03-12-1998, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto 1 y percibiendo 1119'29 euros mensuales con. prorrateo de pagas extras.

Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida). Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Jesús Luis lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 26-11- 1996, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto a pie y percibiendo 1047'38 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida). Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

María Inés lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 1-07- 1999, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto a pie y percibiendo 1047'38 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida) Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Daniel lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 01- 06-2000, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto 1 y percibiendo 1119'29 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida). Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Fátima lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 13-06-2000, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto a pie y percibiendo 1047'38 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida). Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones. Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Silvia lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 10-04-2000, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto a pie y percibiendo 1047'38 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida) Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Lucio lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 29- 01-2001, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto 1 y percibiendo 1119 '29 euros mensuales con prorrateo de pagas extras.

Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida) Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Jose Pedro lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 02- 08-1999, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto 1 y percibiendo 1119'29 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida). Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Pedro Francisco lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 01-02-2002, con'

categoría de auxiliar de clasificacion y reparto 1 y percibiendo 1119 '29 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 dias que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida) Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Emilia lleva prestando sus servicios para la empresa demandada desde 24-11-2000, con categoría de auxiliar de clasificacion y reparto a pie y percibiendo 1047'38 euros mensuales con prorrateo de pagas extras. Ha prestado servicios para la entidad a través de diversos contratos sin solución de continuidad superior a 20 días que recogen la certificación que aporta la demandada (por reproducida) Con anterioridad a la fecha consignada había prestado sus servicios para la empresa demandada existiendo más de 20 dias hábiles entre las últimas dos contrataciones.

Sus últimos contratos eran de interinidad por vacante hasta que el puesto se cubriera por personal fijo o a través de cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos o fuera suprimido.

(de las certificaciones aportadas por la empresa)

SEGUNDO.- La demandada les comunicó el 15-04-2004 que se extinguía su relación de trabajo el 9.5.2004 (documental de ambas partes).

TERCERO.- Por resolución de 4.4.2003 de la dirección general de Organización, Procedimiento y Control, del Ministerio de Fomento, se autorizó la publicación de la Resolución de fecha 3.4.2003 de la Dirección de Recursos Humanos de Correos y Telégrafos, SA, por la que se anunciaba la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, pertenecientes al Grupo Profesional IV, Operativos, en el marco de consolidación de empleo temporal...

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