STSJ Andalucía , 13 de Junio de 2006

PonenteJOSE ANGEL VAZQUEZ GARCIA
ECLIES:TSJAND:2006:4154
Número de Recurso1300/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A

Ilmos. Sres.

D. Heriberto Asencio Cantisán.

D. Guillermo Sanchís Fernández Mensaque.

D. José Ángel Vazquez García.

En Sevilla, a 13 de junio de 2006.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto en nombre del Rey el recurso número 1300/2004, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: D. Juan Pablo , en su propio nombre y representación. DEMANDADA: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

A N T E C E D E N T E S DE H E C H O
PRIMERO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala, dicte sentencia anulatoria de las resoluciones impugnadas, con los demás pronunciamientos de constancia.

SEGUNDO

En su contestación la parte demandada solicita dicte sentencia desestimando el recurso interpuesto.-

TERCERO

Requeridas las partes para que presentaran el escrito de conclusiones que determina el art. 64 de la Ley Jurisdiccional , evacuaron dicho trámite mediante los escritos que obran unidos a las actuaciones.-

CUARTO

Señalado día para la votación y fallo del presente recurso, ha tenido efecto en el designado, habiéndose observado las prescripciones legales.-

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Ángel Vazquez García.-

F U N D A M E N T O S DE D E R E C H O
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso la resolución del Subdirector General de Recursos del Ministerio del Interior confirmando en alzada la resolución del Director General de la Guardia Civil de fecha 9 de diciembre de 2003 cesando al demandante, Guardia Civil, en su destino en el Servicio de Material Móvil de la Comandancia de Ceuta, continuando en la misma pendiente de asignación de destino, al concurrir las circunstancias previstas en el art. 97.2 de la 42/1999, de 25 de noviembre , de Régimen de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

SEGUNDO

El actor ocupaba un puesto de conductor en el Servicio de Material Móvil de la Comandancia de Ceuta cuando, examinado por el Tribunal Médico Central del Ejército éste emite dictamen con fecha 16 de septiembre de 2003 en el se señala que el hoy actor presenta "contusión hombro izquierdo. Tenosinovitis perineal tobillo izquierdo, incluible en el Apartado 181, Coeficiente 3 I, por las que resulta Util y Apto. Igualmente presenta síndrome doloroso raquídeo por Discopatía denegerativa lumbar L4-L5 sin radiculopatía, incluible en el Apartado 170, Coeficiente 4 F del Cuadro de Condiciones Psicofísicas Anexo al R.D. 944/01 , patología no estabilizada y de remota o incierta reversibilidad, que no le imposibilita totalmente para el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo, Escala, plaza o carrera. Resulta UTIL con LIMITACIÓN de destinos que requieran esfuerzos físicos, marchas y/o bipedestación prolongada. Patología degenerativa que no...

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