STSJ Comunidad Valenciana , 27 de Septiembre de 2000

PonenteJUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA
ECLIES:TSJCV:2000:7134
Número de Recurso2915/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

R. 2915/97 SENTENCIA Nº 1297 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :

Presidente :

JOSE DIAZ DELGADO.

Magistrados :

JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.

D. CARLOS ALTARRIBA CANO.

En la Ciudad de Valencia, a veintisiete de septiembre de dos mil. VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 2915/97, interpuesto por el Letrado D. Enrique Mora Rubio, en nombre y representación de D. Luis Miguel , contra la Administración del Estado. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 20 de septiembre de 2000, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia, de 30 de septiembre de 1997, desestimatoria de la reclamación nº 46/15224/96, formulada contra la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1990, importe 4.177.871 ptas., derivada de acta de disconformidad.

Entre otros motivos, el demandate alega la prescripción de la deuda tributaria.

SEGUNDO

El Acta se levantó porque el sujeto pasivo no había presentado declaración liquidación del IRPF por el período 1990. Régimen de tributación individual (la esposa si presentó declaración individual del IRPF); no tributando por incremento de patrimonio correspondiente al importe del premio del Bingo obtenido por el actor el 30 de enero de 1990, y que ascendía a la suma de...

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