STSJ Galicia , 16 de Abril de 2001

PonenteMIGUEL ANGEL SANTIAGO FERNANDEZ OTERO
ECLIES:TSJGAL:2001:3137
Número de Recurso1229/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

DON JUAN LUIS GUISASOLA BUSTILLO, SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA.

DOY FE Y CERTIFICO: Que en el recurso de suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso núm. 1229/01 RMR ILMO. SR. D. MIGUEL A. FERNANDEZ OTERO PRESIDENTE ILMO. SR. D. JUAN L. MARTINEZ LOPEZ ILMA. SRa Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR A Coruña, a dieciséis de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1229/01, interpuesto por D. Aurelio , contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 de Vigo, siendo Ponente el ILMO. SR. D. MIGUEL A. FERNANDEZ OTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Que según consta en autos se presentó demanda por D. Aurelio sobre despido, siendo demandado Servicio Galego de Saúde y Dª. Lorenza , en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 684/00 sentencia con fecha 20 de enero de 2001, por el Juzgado de referencia, que desestimó la demanda.

SEGUNDO Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El demandante D. Aurelio , mayor de edad y con D.N.I. número NUM000 , vino prestando servicios para el Servicio Galego de Saúde desde el día 23 de noviembre de 1990, con la categoría profesional de celador y un salario mensual de 156.000 pesetas, incluido prorrateo de pagas extraordinarias, haciéndolo en el Hospital del Meixoeiro.-

SEGUNDO

El actor vino trabajando en virtud de contrato laboral interino para plaza vacante de personal no sanitario, contrato en el que se disponía que su objeto era prestar los servicios contratados hasta la incorporación a la plaza del titular designado para el desempeño en propiedad de la misma Comisión de Evaluación de Incapacidades personal estatutario fijo seleccionado por los procedimientos legalmente establecidos y que se extinguiría por la amortización y por la incorporación a la plaza del titular designado para el desempeño en propiedad de la misma como personal estatutario fijo seleccionado por los procedimientos legalmente establecidos y que se extinguiría por la amortización y por la incorporación a la plaza del titular designado para el desempeño de la misma en propiedad como personal estatutario fijo seleccionado por los procedimientos legalmente establecidos. El contrato se suscribió al amparo del Real Decreto 2104/84.- TERCERO.- Mediante escrito de fecha 18 de septiembre el Servicio Galego de Saúde comunicó al actor que debido a la finalización del concurso de traslados de personal no sanitario convocado por Resolución de fecha 25 de mayo de 1999 y la pronta conclusión del proceso selectivo convocado por Resolución de fecha 28 de diciembre de 1998, se procedería a la incorporación del personal adjudicatario de las distintas plazas tanto en el proceso de selección como en el de provisión por concurso de traslados y por la posible adjudicación de personal propietario a la plaza que venía ocupando, previsiblemente cesaría en su prestación de servicios en dicho centro. Y el día 6 de noviembre se le remitió telegrama a las 6'50 horas comunicándole la extinción de su nombramiento con esa fecha debido a la incorporación a la plaza del titular nombrado para el desempeño en...

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