Sentencia de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 23 de Septiembre de 2002

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Resumen


CONTRATO DE LIMPIEZA. AYUNTAMIENTO PAGO: En la demanda se reconoce la deuda al señalarse expresamente que en todo momento habían sido reconocidas por el Ayuntamiento las deudas derivadas de la ejecución del Contrato de Limpieza Viaria, y no puede alegarse como excepción impeditiva de la obligación lo dispuesto en el articulo 168 de la Ley 39/1988, que señala que la expedición de las órdenes de pago habrá de acomodarse al plan de disposición de Fondos de la Tesorería que se establezca por el Presidente, toda vez que el contratista tiene derecho al abono de la obra o servicio prestado en el plazo prevenido en el Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. Se estima el recurso contencioso administrativo.

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Extracto


Sentencia de TSJ Comunidad de Madrid (Madrid), Sala de lo Contencioso, 23 de Septiembre de 2002

RECURSO N° 494/98 SENTENCIA N° 929 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Javier Eugenio López Candela Magistrados:

Dª. Francisca María Rosas Carrión Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Juan F. López de Hontanar Sánchez D. Francisco Javier Canabal Conejos D. Sandra González de Lara Mingo D. Enrique Calderón de la Iglesia En la Villa de Madrid a veintitrés de Septiembre de del año dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso contencioso-administrativo numero 494 de 1.998, interpuesto por la entidad mercantil "Ingeniería Urbana SA." representada por el Procurador Don Celso Marcos Fortín y asistida por el Letrado Don José Antonio Martín Bermejo contra la desestimación presunta de la petición formulada ante el Ayuntamiento de Parla, en reclamación de 279.266.562 pesetas adeudadas por el contrato de limpieza viaria y el contrato de limpieza de colegios público...

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