STSJ Comunidad Valenciana 166/2006, 1 de Febrero de 2006
Ponente | ROSARIO VIDAL MAS |
ECLI | ES:TSJCV:2006:876 |
Número de Recurso | 395/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO |
Número de Resolución | 166/2006 |
Fecha de Resolución | 1 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Nº 395/03
RECURSO NÚMERO 395/03
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
S E N T E N C I A NUM. 166/06
Ilustrísimos Señores
Presidente
Don JOSE BELLMONT MORA
Magistrados
Don RAFAEL PEREZ NIETO
Doña ROSARIO VIDAL MAS
En la ciudad de Valencia, a 1 de febrero de 2006.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo número 395/03, interpuesto por el Procurador DOÑA CARMEN JOVER ANDREU, en nombre y representación de DON Octavio, asistido por el Letrado DON JAVIER PASTOR, contra la Resolución de la Confederación Hidrográfica del Júcar de 16.7.02 denegatoria de entrega de documentos en trámite de información pública, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL JUCAR, representada por el Abogado del Estado y como codemandada la COMUNIDAD DE REGANTES LA ROMANA, representada por el Procurador SR. PASTOR ABAD, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. ROSARIO VIDAL MAS y a la vista de los siguientes
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido por el artículo 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló para votación y fallo el día 31.1.06.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.
FUNDAMENTACION JURIDICA
Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el acto administrativo citado sobre la base de que el 22.5.02 se publicó en el BOP de Alicante que se abría el trámite de información pública de la solicitud de concesión de aguas de la entidad SAT 3508 La Romana, expediente administrativo 96-RP-30, personándose el demandante el 3.6.02 en las oficinas de la demandada y previa comprobación de su interés en el expediente solicitó documentación, petición que reiteró, ante la falta de respuesta, el 21.6.02 recibiendo el 23 de septiembre resolución por la que se comunica la denegación por no acreditar interés legítimo y directo en la obtención de dicha documentación.
La Administración demandada se opone en base a la corrección del expediente administrativo y resolución en él recaída.
La Comunidad codemandada se opone, en primer lugar, por inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo ya que es un acto que no pone fin al procedimiento (pudo...
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