Sentencia de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Social, 20 de Mayo de 2003
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Resumen
CUOTAS COLEGIALES. PROFESIÓN LIBERAL. REINTEGRO. Se pretende el reintegro de cuotas colegiales. Por una resolución se acordó dicho reintegro previa declaración expresa del funcionario de no utilizar su condición de Médico para otras funciones ajenas al ejercicio de su puesto de trabajo. Dicha resolución se aplicaba para letrados y médicos, no decia nada respecto de enfermeros. Sin embargo cabe destacar que mo cabe discriminar a ningún empleado que se halle en igualdad de situación con aquéllos a quienes anteriormente había beneficiado En primera Instancia se estima la demanda. En la Alzada se desestima el recurso de suplicación.
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Historial del Caso
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Extracto
Sentencia de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Social, 20 de Mayo de 2003
SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a veinte de Mayo de dos mil tres.
En el recurso de Suplicación número 417/2003, interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD y la GERENCIA DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Burgos, en autos número 1194/2001, seguidos a instancia de DOÑA Ana , contra, los recurrentes, en reclamación sobre Derecho y Cantidad. Ha actuado como Ponente el Ilmo.Sr. Don Carlos Martínez Toral, que expresa el parecer de la Sala.ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha seis de Noviembre de dos mil dos, cuya parte dispositiva dice: Que rechazando las excepciones de Falta de Legitimación Pasiva que ha sido alegada por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD y por la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, y de Incompetencia de Jurisdicción de este Juzgado, que ha sido alegada por la JUNTA DE CASTILLA Y LEON, y entrando a conocer sobre el fondo del asunto, estimando la demanda presentada por Dª Ana contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD Y JUNTA DE CASTILLA Y LEON, debo declarar y declaro el derecho de la demandante al reintegro de las cuotas colegiales reclamadas que, por el periodo correspondiente a cuart...Ver el contenido completo de este documento
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