STSJ Comunidad de Madrid 542/2012, 11 de Julio de 2012

JurisdicciónEspaña
Fecha11 Julio 2012
Número de resolución542/2012

/ TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCION 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 4 0054935 /2012, Modelo: 41800

DEMANDA EN SALA Nº: 002

Tipo de procedimento: DEMANDA 0000032 /2012

Materia: IMPUG. RESOL. ADMINISTRATIVAS (ERES)

Demandante/s: FEDERACION REGIONAL DE SERVICIOS UGT MADRID FES-UGT, CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO CGT

Demandado/s: GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE SL GSS LINE, FEDERACION DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA DE COMISIONES OBRERAS CCOO, CONFEDERACION DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES CTI, COMITE DE EMPRESA DE GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE SL

Sentencia número: 542/12

Ilmos/as. Sres/as. D/D.ª

ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ

MANUEL RUIZ PONTONES

FERNANDO MUÑOZ ESTEBAN

En MADRID a once de Julio de dos mil doce, habiendo visto los presentes autos la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En la DEMANDA 0000032/2012, formalizada por el/la Sr./Sra. Letrado D./Dª. JOSE ANTONIO SERRANO MARTINEZ, en nombre y representación de FEDERACIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE UGT-MADRID (FES-MADRID) y D. JACINTO MORANO GONZALEZ, en nombre y representación de CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO CGT, contra a GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE SL GSS LINE, FEDERACION DE SERVICIOS A LA CIUDADANIA DE COMISIONES OBRERAS CCOO, CONFEDERACION DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES CTI, COMITE DE EMPRESA DE GLOBAL SALES SOLUTIONS LINE SL, parte demandada en estas actuaciones, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./ Ilma. Sr./Sra. D./Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ, y deduciéndose de las atuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por D./Dª. JOSE ANTONIO SERRANO MARTINEZ, en nombre y representación de FEDERACIÓN REGIONAL DE SERVICIOS DE UGT-MADRID (FES-MADRID) y D. JACINTO MORANO GONZALEZ, en nombre y representación de CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO CGT, en materia de IMPUG. RESOL. ADMINISTRATIVAS (ERES).

SEGUNDO

Admitida a trámite mediante DECRETO de fecha 13 DE JUNIO DE 2012 se celebraron los correspondientes actos de juicio oral en fecha 4 DE JULIO DE 2012 con el resultado que consta en el acta de efecto levantada.

En virtud de los antedichos precedentes procesales, expresamente se declaran los siguientes

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El 2 de abril de 2012 la dirección de la empresa GLOBAL SALES SOLUTIONS S.L. anunció a la representación legal de los trabajadores (comité de empresa del centro de trabajo de Madrid) su decisión de proceder a incoar expediente de despido colectivo para extinguir los contratos de trabajo de 56 empleados de un total de 1.999 que tiene la empresa, poniendo a su disposición la documentación que estimó pertinente (folio 2821 y ss.).

La solicitud de ERE se registró el 10 de abril (folio 182).

El 10 de abril dirigió escrito al comité de empresa (folio 2803) abriendo el período de consultas, celebrándose la primera reunión en dicha fecha (folio 2825 y ss.) y posteriores de fechas 16, 23 abril y 3 y 9 de mayo, produciéndose en todas ellas discrepancias entre la empresa y la representación de los trabajadores en relación con la información contable complementaria relativa a cada una de las empresas que conforman el grupo empresarial y en relación con los criterios de designación de los trabajadores afectados así como en lo relativo a la existencia de numerosas contrataciones temporales (obra o servicio) realizadas en el presente año 2012 (folios 2811 a 2881). El 9 de mayo de 2012 terminó el período de consultas sin acuerdo, si bien quedó fijado el número de trabajadores afectados en 55.

SEGUNDO

Por correo electrónico de fecha 8 de junio de 2012 la empresa comunicó al comité la exclusión de otros 18 trabajadores, reduciéndose el número de afectados a 37 (folio 1683).

TERCERO

En virtud de la propuesta realizada por CCOO en la reunión del 9 de mayo durante el período de consultas, la empresa procedió a alcanzar un acuerdo transaccional con 31 trabajadores, abonando 29 días de salario por año de servicio, sin topes de antigüedad, suscribiendo al efecto un documento específico en el que las partes plasmaron el acuerdo, acordando dar por resueltas, saldadas y finiquitadas las relaciones laborales mantenidas (folios 1490 y ss.). A la fecha del juicio, son seis los trabajadores que no aceptaron esta propuesta, dos de ellos miembros del comité.

CUARTO

Los trabajadores afectados, su categoría, área de prestación de servicios, la existencia o no de acuerdo y antigüedad son los siguientes (folios 627 y 1490 a 1682):

Carlos Manuel, quality, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2009.

Antonio, supervisor, campaña IBM servicios generales, acuerdo, antigüedad 2008.

Leticia, formador, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2006.

Valle, gestor, estructura operativa, NO acuerdo, antigüedad 2002.

Claudia, especialista campaña Banco Popular Atención al cliente MMPP y E-com, NO acuerdo, antigüedad 2010.

Miguel, promotor, estructura general, No acuerdo, antigüedad 2009.

Milagros, quality, seguimiento, acuerdo, antigüedad 2003.

Amalia, especialista, estructura operativa, acuerdo, antigüedad 2007.

Jesús Carlos, formador, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2005. Isabel, especialista, campaña Banco Popular Atención al cliente MMPP y Ecom, acuerdo, antigüedad 2007.

Eva María, quality, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2009.

Jorge, especialista, acuerdo, antigüedad 2009.

Rosendo, gestor telefónico, estructura general, antigüedad 2003.

Alexis, jefe de proyecto, estructura general, acuerdo, antigüedad 2006.

Susana, oficial administrativo, estructura general, acuerdo, antigüedad 2003.

Constanza, especialista, acuerdo, antigüedad 2005.

Miriam, especialista, campaña Banco Popular Atención al cliente MMPP Ecom, acuerdo, antigüedad 2010.

Agueda, especialista, campaña Banco Popular Atención al cliente MMPP Ecom, acuerdo, antigüedad 2010.

Gema, quality, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2007.

Teodora, especialista, estructura operativa, NO acuerdo, antigüedad 2011.

Nazario, coordinador, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2003.

Inés, quality, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2008.

Juan Ignacio, quality, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2009.

María Rosario, coordinador, estructura operativa, acuerdo, antigüedad 2005.

Flor, especialista, estructura operativa, acuerdo, antigüedad 2007.

Socorro, gestor telefónico, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2002.

Celsa, especialista, estructura operativa, acuerdo, antigüedad 2008.

Mercedes, gestor telefónico, seguimiento operativo, NO acuerdo, antigüedad 2002.

Alejandra, especialista, estructura general, acuerdo, antigüedad 2005.

Gines, auxiliar administrativo, estructura general, acuerdo, antigüedad 2008.

Norberto, gestor telefónico, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2002.

Juliana, especialista, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2008.

María Cristina, teleoperador campaña Banco Popular atención al cliente MMOO Ecom, acuerdo, antigüedad 2011.

Florinda, quality, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2009.

Teresa, quality, seguimiento operativo, No acuerdo.

Alejandro, auxiliar administrativo, estructura general, acuerdo, antigüedad 2007.

Elvira, especialista, seguimiento operativo, acuerdo, antigüedad 2008.

QUINTO

En el escrito de solicitud del expediente de regulación de empleo se aducen causas económicas: previsión para el ejercicio 2012 de pérdidas por importe de 1.494.105 euros, manteniendo la línea deficitaria alcanzada en el mes de enero del presente año que ha experimentado un resultado negativo de 257.702 euros. Igualmente se alega que las "causas son predominantemente de carácter organizativo y productivo", como consecuencia de las exigencias de los clientes (IST- BANCO POPULAR, CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORRO- CECA e IBM ESPAÑA SA) de suprimir o reducir los servicios concertados, lo que obliga a reducir las dotaciones de personal que componen los equipos.

SEXTO

GSS Line SL es una sociedad de capital con forma societaria de responsabilidad limitada, de nacionalidad española, constituida por tiempo indefinido el 24 de mayo de 1999. Su domicilio social se encuentra en Madrid, calle de Guzmán el Bueno 133. Su actividad mercantil consiste en la prestación de servicios de teleasistencia, gestionando de forma integral las relaciones de los clientes con los usuarios (memoria explicativa folio 2419).

SEPTIMO

GSS Line SL es la entidad dominante del grupo denominado "Grupo GSS". Al 31 de diciembre de 2010 las compañías integradas en dicho grupo, como dependientes, eran las siguientes (folio 2419)

Global Solutions Norte SL: domicilio Bilbao, actividad servicios de telemarketing, participación directa 51%

Global Solutions Line Atlántico SL : domicilio La Coruña, actividad servicios de telemarketing, participación directa 51%

GSS Venture SL: domicilio Madrid, actividad servicios de telemarketing, participación directa 75%

Business Process Outsourcing SL (BPO): domicilio Madrid, outsourcing, participación directa 51%

Global Sales Solutions Line Perú S.A., domicilio Lima (Perú), actividad servicios de telemarketing,...

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