STSJ Andalucía 1899/2006, 28 de Junio de 2006
Ponente | JUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU |
ECLI | ES:TSJAND:2006:6783 |
Número de Recurso | 524/2006/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1899/2006 |
Fecha de Resolución | 28 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
1899/2006
1
M.E.
SENTENCIA NÚM. 1899/06
SECCIÓN SEGUNDA
ILTMO.SR.D.EMILIO LEON SOLA
ILTMO.SR.D.JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO
ILTMA.SRA RAFAELA HORCAS BALLESTEROS
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada a VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL SEIS
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el recurso de Suplicación núm.524/06, interpuesto por INSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Nº 1 DE MOTRIL en fecha 29 DE NOVIEMBRE DE 2005,AUTOS Nº 518/05 ha sido ponente el Iltmo. Sr.D.JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Fernando en reclamación sobre INVALIDEZ GRADO contra INSS, TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 29 DE NOVIEMBRE DE 2005, por la que debo estimar y estimo la demanda formulada por D. Fernando, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y, en consecuencia, declaro que la actora se encuentra en situación de Incapacidad Permanente Absoluta para todo tipo de trabajo con derecho a pensión del 100% de su base reguladora de 492,65 €, más las mejoras y revalorizaciones legales, y efectos económicos desde el 5-4-2005, condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por la anterior declaración y al pago de la prestación indicada. Se absuelve a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes
Datos profesionales del demandante:
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El demandante, nacido el 21-5-1941, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social.
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La profesión habitual del actor era la de carnicero.
Tramitación de expediente de incapacidad permanente:
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El 5-4-2005, se emite el informe médico de síntesis donde reconoce las siguientes secuelas derivadas de enfermedad común: "Intervenido quirúrgicamente de coxartrosis bilateral (Prótesis de cadera izquierda el 22-1-2003 y prótesis de cadera derecha el 11-2-2004)", entendiendo que dichas dolencias le producían las siguientes limitaciones orgánicas y funcionales "Prótesis de cadera bilateral, aqueja coxalgia bilateral más marcada en cadera derecha", Con base en estas dolencias, propone la calificación del trabajador como Incapacitado Permanente en grado de total para su profesión habitual.
11. Por el Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en fecha 10-4-2005, se eleva a definitiva la propuesta y se reconoce al actor en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual con derecho a pensión del 75% de la base reguladora.
Circunstancias :
1. En la fecha del hecho causante, y tras el agotamiento de...
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