STSJ Andalucía 1899/2006, 28 de Junio de 2006

PonenteJUAN CARLOS TERRON MONTEROVALTU
ECLIES:TSJAND:2006:6783
Número de Recurso524/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1899/2006
Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

1899/2006

1

M.E.

SENTENCIA NÚM. 1899/06

SECCIÓN SEGUNDA

ILTMO.SR.D.EMILIO LEON SOLA

ILTMO.SR.D.JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

ILTMA.SRA RAFAELA HORCAS BALLESTEROS

MAGISTRADOS

En la ciudad de Granada a VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL SEIS

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de Suplicación núm.524/06, interpuesto por INSS contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Nº 1 DE MOTRIL en fecha 29 DE NOVIEMBRE DE 2005,AUTOS Nº 518/05 ha sido ponente el Iltmo. Sr.D.JUAN CARLOS TERRÓN MONTERO

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Fernando en reclamación sobre INVALIDEZ GRADO contra INSS, TGSS y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 29 DE NOVIEMBRE DE 2005, por la que debo estimar y estimo la demanda formulada por D. Fernando, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y, en consecuencia, declaro que la actora se encuentra en situación de Incapacidad Permanente Absoluta para todo tipo de trabajo con derecho a pensión del 100% de su base reguladora de 492,65 €, más las mejoras y revalorizaciones legales, y efectos económicos desde el 5-4-2005, condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social a estar y pasar por la anterior declaración y al pago de la prestación indicada. Se absuelve a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes

PRIMERO

Datos profesionales del demandante:

  1. El demandante, nacido el 21-5-1941, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social.

  2. La profesión habitual del actor era la de carnicero.

SEGUNDO

Tramitación de expediente de incapacidad permanente:

  1. El 5-4-2005, se emite el informe médico de síntesis donde reconoce las siguientes secuelas derivadas de enfermedad común: "Intervenido quirúrgicamente de coxartrosis bilateral (Prótesis de cadera izquierda el 22-1-2003 y prótesis de cadera derecha el 11-2-2004)", entendiendo que dichas dolencias le producían las siguientes limitaciones orgánicas y funcionales "Prótesis de cadera bilateral, aqueja coxalgia bilateral más marcada en cadera derecha", Con base en estas dolencias, propone la calificación del trabajador como Incapacitado Permanente en grado de total para su profesión habitual.

11. Por el Director Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en fecha 10-4-2005, se eleva a definitiva la propuesta y se reconoce al actor en situación de Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual con derecho a pensión del 75% de la base reguladora.

TERCERO

Circunstancias :

1. En la fecha del hecho causante, y tras el agotamiento de...

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