STSJ Cataluña , 9 de Junio de 2004

PonenteSARA MARIA POSE VIDAL
ECLIES:TSJCAT:2004:7173
Número de Recurso8991/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL BR ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL ILMO. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA En Barcelona a 9 de junio de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 4516/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Seat, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 24 Barcelona de fecha 20 de mayo de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 606/2000 y siendo recurrido/a Jose Pedro , Vicente , Lucas , Esteban , Agustín , Luis Pedro , Sebastián , Joaquín , Ernesto , Franco , Braulio , Juan Pablo , Carlos Daniel , Simón , Octavio , Ismael , Gerardo , Emilio , Carlos , Alvaro , Ángel Jesús , Juan Antonio , Jesús María , Luis Manuel , Carlos Ramón , Carlos José , Jose Ángel , Jose Augusto , Jose Enrique , Carlos María , Luis Carlos , Juan Manuel , Pedro Francisco , Alfonso , Bernardo , Eloy , Guillermo , Lorenzo , Serafin , Luis Miguel , Ángel , Eusebio , Leonardo , Jose Luis , Juan Enrique , David , Matías , Luis Alberto , Benito , Lázaro , Luis Angel , Claudio , Millán , Juan Alberto , Gregorio , Carlos Jesús , Enrique , Jose Manuel , Diego , Jose Ignacio , Felix , Luis Francisco , Jaime , Alejandro , Tomás , Hugo , Alfredo , Jose Daniel , Julián , Federico , Andrés , Jesús Manuel , Valentín , Rafael , Manuel , Jesús , Jon , Jorge , Marcos , Pablo , Rubén , Juan Carlos , Casimiro , Humberto , Rodrigo , Victor Manuel , Imanol , Pedro Enrique , Mariano , Ángel Daniel , Mauricio , Augusto , Jose Ramón , Iván , Bruno , Juan Pedro , Carlos Manuel , Salvador , Ricardo , Ramón , Santiago , Luis María , Miguel Ángel , Darío , Paulino , Alberto , Alfredo , Luis , Antonio , Jose María , Juan , Fernando , Cornelio , Constantino , Carlos Manuel , Felipe , Lucio , Carlos Miguel , Cesar , Salvador , Bruno , Juan Ramón , Javier , Daniel , Armando , Alonso , Clemente , Íñigo , Juan María , Héctor , Bartolomé , Rogelio , Adolfo , Fidel , Jose Antonio , Juan Pedro , Fermín , Benedicto , Blas , José , Juan Francisco , Víctor , Silvio , Pedro Antonio . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. SARA MARIA POSE VIDAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 04.07.2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contrato trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de mayo de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

Que estimando la demanda formulada por Don Jose Pedro , Vicente , Lucas , Esteban , Agustín , Luis Pedro , Sebastián , Joaquín , Ernesto , Franco , Braulio , Juan Pablo , Carlos Daniel , Simón , Octavio , Ismael , Gerardo , Emilio , Carlos , Alvaro , Ángel Jesús , Juan Antonio , Jesús María , Luis Manuel , Carlos Ramón , Carlos José , Jose Ángel , Jose Augusto , Jose Enrique , Carlos María , Luis Carlos , Juan Manuel , Pedro Francisco , Alfonso , Bernardo , Eloy , Guillermo , Lorenzo , Serafin , Luis Miguel , Ángel , Eusebio , Leonardo , Jose Luis , Juan Enrique , David , Matías , Luis Alberto , Benito , Lázaro , Luis Angel , Claudio , Millán , Juan Alberto , Gregorio , Carlos Jesús , Enrique , Jose Manuel , Diego , Jose Ignacio , Felix , Luis Francisco , Jaime , Alejandro , Tomás , Hugo , Alfredo , Jose Daniel , Julián , Federico , Andrés , Jesús Manuel , Valentín , Rafael , Manuel , Jesús , Jon , Jorge , Marcos , Pablo , Rubén , Juan Carlos , Casimiro , Humberto , Rodrigo , Victor Manuel , Imanol , Pedro Enrique , Mariano , Ángel Daniel , Mauricio , Augusto , Jose Ramón , Iván , Bruno , Juan Pedro , Carlos Manuel , Salvador , Ricardo , Ramón , Santiago , Luis María , Miguel Ángel , Darío , Paulino , Alberto , Alfredo , Luis , Antonio , Jose María , Juan , Fernando , Cornelio , Constantino , Carlos Manuel , Felipe , Lucio , Carlos Miguel , Cesar , Salvador , Bruno , Juan Ramón , Javier , Daniel , Armando , Alonso , Clemente , Íñigo , Juan María , Héctor , Bartolomé , Rogelio , Adolfo , Fidel , Jose Antonio , Juan Pedro , Fermín , Benedicto , Blas , José , Juan Francisco , Víctor , Silvio , Pedro Antonio contra la empresa SEAT SA y debo declarar y declaro el derecho de los actores a promocionar al nivel retributivo letra D de la Categoría a la que están equiparados cual es la de Jefe de Segunda, promoción que se llevara a efecto en el orden y condiciones que estipula el punto 2-1º y 3º de la mentada cláusula adicional primera, en consecuencia deberán ser incluidos en la relación nominal de trabajadores que en el momento de la firma del Convenio tenían reconocida la letra C por orden de antigüedad en la empresa para promocionar a la letra D de Jefe de Segunda, condenando a la empresa a estar, pasar y cumplir la anterior declaración con todas las consecuencias inherentes a la misma.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- Los actores, relacionados en el encabezamiento de la sentencia y cuyos demás datos personales y profesionales constan en las demandas y que se dan por reproducidas, son trabajadores de la demandada SEAT, S.A. 2.- La empresa Seat, S.A. ocupa a unos 14.000 trabajadores, en Barcelona, repartidos en los centros de trabajo de Fábrica, Martorell, Centro Técnico de Martorell, Almacén Central de Recambios de Martorell y Fábrica de Barcelona Zona Franca y dentro de esa plantilla se hallan los trabajadores con categoría profesional de Oficiales Técnicos Mantenedores en nº aproximado de 150, entre ellos los actores.

  1. - La categoría de los actores, Oficiales Técnicos, Mantenedores, la empresa la equipara y reconoce su equivalencia como mandos intermedios.

    En tal sentido, el Oficial Técnico Mantenedor es equiparable a Jefe de Segunda y desde hace años ha tenido asignado un nivel salarial equivalente al de Jefe de Segunda, letra C).

  2. - En fecha 17.4.2000, se levantó y se firmó acta final nº 15 y texto de acuerdo de XVI Convenio Colectivo de la empresa Seat SA, de aplicación a todos los centros de la empresa Seat SA, afectando a todos los trabajadores de la misma, a excepción del personal directivo y superior, con vigencia durante 4 años, desde 1.1.2000 a 31.12.2003 (arts 1 y 2 del Convenio).

    En el citado Convenio XVI de Seat se estableció, Cláusula Adicional Primera Letra D punto 1), Reconocimiento del nivel retributivo Letra D, que promocionarán al nivel retributivo letra D los trabajadores que durante los años 2000 al 2003 inclusive, cumplan trece años de antigüedad en la empresa, siempre que a 31.3.2003, no tengan ya reconocida la letra D. (Folios 728 a 743) y (1183 a 1211) y preacuerdo del XVI cª

    (acta nº 13) folios 948 y 949 del proceso. Los trabajadores afectados por la antes citada cláusula figurarán en relación nominal a entregar a los firmantes del Convenio, siguiendo un procedimiento para la promoción de acuerdo con las siguientes reglas:

  3. - Se confeccionará una relación nominal de los trabajadores que en el momento de la firma del Convenio...

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