STSJ Cataluña , 14 de Mayo de 2004

PonenteJOAQUIN JOSE ORTIZ BLASCO
ECLIES:TSJCAT:2004:6174
Número de Recurso10/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Rollo de apelación nº 10/2004 SENTENCIA Nº 686/2004 ILMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO MAGISTRADOS:

DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DON ENRIQUE GARCÍA PONS En la ciudad de Barcelona, a catorce de mayo de dos mil cuatro.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación número 10/2004, interpuesto por CROMOGENIA UNITS, SA, representada por el Procurador DON OCTAVIO PESQUEIRA ROCA y dirigido por el Letrado DON J. L. MADRIGAL PALLARES, siendo parte apelada la AGENCIA CATALANA DEL AGUA, representada y dirigida por el sr./a. LETRADO/A DE LA GENERALIDAD.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el recurso contencioso-administrativo nº 154/2001, tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Barcelona, se dictó Sentencia el 25 de septiembre de 2003 , en el que se acuerda desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CROMOGENIA UNITS, SA, contra resolución de 30 de octubre de 2000 de la Directora de la Agencia Catalana del Agua por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra anterior resolución del Presidente de la Junta de Aguas de 18 de mayo de 1997 por la que se deniega la petición de una concesión de aguas subálveas en el río Llobregat para usos industriales mediante tres pozos, sin que proceda hacer expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra el referido Auto se interpuso por la defensa del CROMOGENIA UNITS, SA, recurso de apelación que fue admitido a trámite, elevándose las actuaciones a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

TERCERO

Turnado a la Sección 5ª de dicho Tribunal, se acordó por providencia de 5 de marzo de 2004, formar el oportuno rollo, designar Magistrado Ponente al Ilmo. Sr. DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO, y se señaló para votación y fallo el día 3 de mayo de 2004.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 6 de Barcelona el 25 de septiembre de 2003 se sustenta, básicamente, en la consideración de públicas de las aguas subálveas en la Ley 28/1985, de 2 de agosto de Aguas , en que CROMOGENIA UNITS, SA, no tiene "en concreto ningún derecho que haya de ser respetado al no ser titular, ni acreditarlo, de ningún aprovechamiento de aguas públicas adquirido por concesión o prescripción acreditada, en los términos previstos en la normativa a la que se hace mención", y en el estado actual del acuífero, es decir, la disponibilidad de recursos hidráulicos, que no permite el otorgamiento de la concesión.

SEGUNDO

Conviene poner de manifiesto en primer lugar los hechos que se desprenden del expediente administrativo como son: a) El 21 de enero de 1978, CROMOGENIA UNITS, SA, en instancia dirigida al Comisario Jefe de Aguas del Pirineo Oriental, tras poner de manifiesto que en los terrenos de la fábrica situada en Zona Franca de Barcelona Sector E, calle 42 en terrenos propiedad del Consorcio de la Zona Franca, existen tres pozos, siendo su objeto usos industriales, solicita la inscripción y concesión del caudal de aguas públicas subálveas (folios 1 a 24 expediente administrativo); b) Recibida la solicitud se inicia el correspondiente expediente, con información pública - 5 de enero de 1982-, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 30 de enero de 1982-,comparecencia del Ayuntamiento del Prat de Llobregat que se opone a la concesión -26 de febrero de 1982-, informes del Ingeniero Jefe de la Sección Sanitaria (Barcelona) -3 de marzo de 1982- y del Ingeniero Jefe de la Sección 1ª de Infraestructura Hidráulica y Regadíos -3 de marzo de 1982-, y contestación de CROMOGENIA UNITS, SA, a las alegaciones del Ayuntamiento del Prat de Llobregat -4 de noviembre de 1982- (folios 25 a 47 expediente administrativo); c) El 17 de septiembre de 1998, esto es, transcurridos más de dieciséis años de paralización del expediente, el Jefe de la Sección de Hidrogeología informa negativamente la concesión ya que el sector de la Zona Franca...

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