STSJ Canarias , 9 de Marzo de 2005
Ponente | JUAN JIMENEZ GARCIA |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:927 |
Número de Recurso | 1851/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 9 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
En Las Palmas de Gran Canaria , a 9 de marzo de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Juan Jiménez García (Ponente) Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Dª Concepción contra la sentencia de fecha 8 de febrero de 2002 dictada en los autos de juicio nº 983/2000 en proceso sobre DERECHOS , y entablado por D./Dña.
Concepción , contra Servicio Canario De Salud .
El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Juan Jiménez García , quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:
La demandante viene prestando servicios para el SCS. como auxiliar de enfermería, en la Unidad de Internamiento breve (psiquiatría) del Complejo Hospitalario-Materno-Insular, interinando plaza vacante, teniendo nombramiento de carácter estatutario.
En su nómina percibe retribuciones por los conceptos de sueldo base, plus de residencia, complemento de destino, complemento de productividad fijo, "p fija ac sind boc", turno rotatorio, más noches y festivos.
No es infrecuente que los internos amenacen, insulten o agredan a los trabajadores adscritos al centro o a los demás internos, dado la peligrosidad de sus dolencias psíquicas, hecho no discutido.
Se agotó la vía previa, en reclamación del plus de peligrosidad y penosidad.
La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:
Desestimar la demanda promovida por Dª Concepción contra el SERVICIO CANARIO DE SALUD.
Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación por la parte actora, que fue impugnado de contrario.
ÚNICO.- La sentencia de instancia desestima las pretensiones de la demanda rectora de autos, en la que demandaba el abono de un supuesto Plus de Peligrosidad y Penosidad.
Frente a dicha sentencia reacciona la parte actora en recurso de Suplicación y con amparo en el apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , articula hasta cinco motivos de infracción normativa por medio de los cuales denuncia como infringidos el artículo 2, 3 b) del Real Decreto Ley 3/1987, de 11 de Septiembre ; el artículo 1.3 a) del Estatuto de los Trabajadores , en relación con el artículo 1.2 de la Ley 30/1984, de 2 de Agosto, Reforma de la Función Pública ; el artículo 86 apartado 2º, de la Orden 26 de Abril de 1973; el apartado 3 b) del artículo 23, de la Ley 30/1984 , antes citada, y, por último, igualmente considera infringidos por inaplicación de lo establecido en el artículo 2. tres b) del Real Decreto Ley 3/1987 , de 11 de Septiembre, de la...
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