STSJ Aragón , 27 de Septiembre de 2000
ECLI | ES:TSJAR:2000:2217 |
Número de Recurso | 1376/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGON Sala de lo contencioso Administrativo-Sección 3ª de refuerzo Recurso número 1376/1996 de la sección Primero SENTENCIA NUMERO 759/00 En Zaragoza a 27 de Septiembre de dos mil En nombre de S.M. EL REY VISTO por D Luis Alberto Gil Nogueras, Magistrado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Tercera de refuerzo, integrada en la forma establecida en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Unica de la Ley Orgánica 6/98 de 13 de Julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial , el recurso contencioso administrativo número 1376/96 de la sección primera, seguido entre partes, como demandante, don Enrique , representada por el Procurador de los Tribunales Señor Revilla y asistida del letrado Señor Alonso Terraza y como Administración demandada la Universidad de Zaragoza, representada por el Procurador señor Bosch y asistida por el letrado señor Solchaga.
Es objeto de impugnación la resolución de 7 de Octubre de 1996 desestimando recurso contra la resolución del Decanato de la Facultad de Derecho de la universidad de Zaragoza denegando la solicitud del demandante de traslado de expediente académico.
Procedimiento. Ordinario Cuantía: indeterminada.
Mediante escrito presentado ante la Secretaría de este Tribunal en fecha 13-12-1996, la parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Decanato de la Facultad de derecho que se relaciona en el encabezamiento de esta sentencia
Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la parte demandante los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, concluyó suplicando se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso y revocación de las resoluciones impugnadas, se declarase procedente la nulidad de la resolución de fecha 7-10-1996 y la procedencia del derecho del demandante a obtener el traslado interesado ron los derechos inherentes a tal declaración.
La Administración demandada solicitó en su escrito de contestación a la demanda, tras relacionar en el mismo los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por convenientes, se dictara sentencia desestimatoria del mencionado recurso.
Recibido el juicio a prueba, y practicada la que se tuvo por pertinente, con el resultado que aparece en autos, se formularon por las partes las correspondientes conclusiones, mediante escrito a tal fin, con lo que quedó a continuación los autos pendientes del correspondiente señalamiento.
Por acuerdo de la Presidencia de la sala de 1 de Marzo de 2000, se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba