STSJ Extremadura 287/2014, 25 de Marzo de 2014
Ponente | RAIMUNDO PRADO BERNABEU |
ECLI | ES:TSJEXT:2014:501 |
Número de Recurso | 943/2012 |
Procedimiento | PROCEDIMIENTO ORDINARIO |
Número de Resolución | 287/2014 |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
SENTENCIA: 00287 /2014
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 287
PRESIDENTE :
DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS.
MAGISTRADOS :
DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO
DON MERCENARIO VILLALBA LAVA
DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DON CASIANO ROJAS POZO
DON JOSE MARÍA SEGURA GRAU /
En Cáceres a veinticinco de marzo de dos mil catorce.-Visto el recurso contencioso administrativo nº 943 de 2012, promovido por el Procurador Sr. Roncero Aguila, en nombre y representación de DON Matías, siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA representado por el Sr. Letrado de la Junta y como codemandado DOÑA Carina representado por la Procuradora Sra. Bravo Díaz; recurso que versa sobre: contra resolución de la Conserjería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y turismo de fecha 21/11/2012 de exclusión adjudicación vivienda de Promoción Pública Almendral.
C U A N T I A: 32.534,28 #.
Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO : Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba se admitieron y practicaron todas las declaradas pertinentes por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales;
Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Don RAIMUNDO PRADO BERNABEU.
Se somete a examen de la Sala, la Resolución de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de 21 de noviembre de 2012, notificada el 11 de diciembre del mismo año, en virtud de la cual, se inadmite un recurso extraordinario de revisión administrativo.
Frente a tal resolución, la Recurrente insta su nulidad y asimismo, se solicita un pronunciamiento, en el sentido de que se declare el Derecho de la parte a ser beneficiaria de una vivienda de protección...
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