STSJ Extremadura 42/2014, 27 de Febrero de 2014

PonenteCASIANO ROJAS POZO
ECLIES:TSJEXT:2014:328
Número de Recurso173/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución42/2014
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD

CACERES

SENTENCIA: 00042/2014

Rollo de Apelación: 173/2013. P. Abreviado 197/12

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Num. DOS de

BADAJOZ.-La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 42

PRESIDENTE :

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS

MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALVA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON CASIANO ROJAS POZO

DON JOSE MARÍA SEGURA GRAU /

En Cáceres a veintisiete de febrero de dos mil catorce.-Visto el recurso de apelación número 173 de 2013, interpuesto por el Procurador Sr. Campillo Álvarez en nombre y representación de apelante AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS, y como parte apelada SERVIMADE Y DON Pedro Miguel representados por el Procurador Sra. López Iglesias contra Sentencia 119/13 de fecha 27/06/2013 dictado en el recurso contencioso-administrativo 197/12, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Badajoz, a instancias de SERVIMADE Y DON Pedro Miguel sobre: Contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en virtud de las cuales se inadmite reclamación de responsabilidad patrimonial por las lluvias acaecidas el 2 de mayo y el 27 de octubre de 2011.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso administrativo de Badajoz, se remitió a esta Sala recurso contencioso administrativo número 197/12, seguido a instancias de SERVIMADE Y DON Pedro Miguel procedimiento que concluyó por Sentencia 119/13 del Juzgado de fecha 27/06/2013 .

SEGUNDO

Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de Apelación por Ayuntamiento de Fuente de Cantos dando traslado a la representación de la parte contraria; aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación con fecha 02/10/2013 admitiéndose a trámite el presente recurso, quedando concluso para sentencia con citación de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado, Don CASIANO ROJAS POZO, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDMAENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala en esta ocasión la sentencia nº 119/2013, de fecha 27/06/2013, dictada por la Magistrada del Juzgado contencioso-administrativo nº 2 de Badajoz en la que se dejan sin efecto dos Acuerdos, ambos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuente de Cantos, por los que se rechazan las dos reclamaciones de responsabilidad patrimonial presentadas ambas con fecha 04/04/2012, por los daños y perjuicios por inundación acaecidas el 02/05/2011, por importe de

22.484,65 euros, y de 27/10/2011, por importe de 15.211,37 euros.

Ambas reclamaciones se acumulan en una sola demanda, que termina con un suplico en el que se solicita se dejen sin efecto los actos impugnado, declarándose la responsabilidad del Ayuntamiento demandado en las inundaciones ocurridas en Fuente de Cantos los días 2 de mayo y 27 de octubre, condenándose a la entidad local a indemnizarlos con la cuantía de 38.404, 02 euros.

En el antecedente de hecho quinto de la...

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