STSJ Extremadura 42/2014, 27 de Febrero de 2014
Ponente | CASIANO ROJAS POZO |
ECLI | ES:TSJEXT:2014:328 |
Número de Recurso | 173/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 42/2014 |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD
CACERES
SENTENCIA: 00042/2014
Rollo de Apelación: 173/2013. P. Abreviado 197/12
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Num. DOS de
BADAJOZ.-La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey, ha dictado la siguiente:
SENTENCIA Nº 42
PRESIDENTE :
DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS
MAGISTRADOS :
DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO
DON MERCENARIO VILLALVA LAVA
DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU
DON CASIANO ROJAS POZO
DON JOSE MARÍA SEGURA GRAU /
En Cáceres a veintisiete de febrero de dos mil catorce.-Visto el recurso de apelación número 173 de 2013, interpuesto por el Procurador Sr. Campillo Álvarez en nombre y representación de apelante AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS, y como parte apelada SERVIMADE Y DON Pedro Miguel representados por el Procurador Sra. López Iglesias contra Sentencia 119/13 de fecha 27/06/2013 dictado en el recurso contencioso-administrativo 197/12, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Badajoz, a instancias de SERVIMADE Y DON Pedro Miguel sobre: Contra los acuerdos de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en virtud de las cuales se inadmite reclamación de responsabilidad patrimonial por las lluvias acaecidas el 2 de mayo y el 27 de octubre de 2011.
Por el Juzgado de lo Contencioso administrativo de Badajoz, se remitió a esta Sala recurso contencioso administrativo número 197/12, seguido a instancias de SERVIMADE Y DON Pedro Miguel procedimiento que concluyó por Sentencia 119/13 del Juzgado de fecha 27/06/2013 .
Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de Apelación por Ayuntamiento de Fuente de Cantos dando traslado a la representación de la parte contraria; aduciendo los motivos y fundamentos que tuvo por conveniente.
Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación con fecha 02/10/2013 admitiéndose a trámite el presente recurso, quedando concluso para sentencia con citación de las partes.
En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado, Don CASIANO ROJAS POZO, que expresa el parecer de la Sala.
FUNDMAENTOS DE DERECHO
Se somete a la consideración de la Sala en esta ocasión la sentencia nº 119/2013, de fecha 27/06/2013, dictada por la Magistrada del Juzgado contencioso-administrativo nº 2 de Badajoz en la que se dejan sin efecto dos Acuerdos, ambos de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuente de Cantos, por los que se rechazan las dos reclamaciones de responsabilidad patrimonial presentadas ambas con fecha 04/04/2012, por los daños y perjuicios por inundación acaecidas el 02/05/2011, por importe de
22.484,65 euros, y de 27/10/2011, por importe de 15.211,37 euros.
Ambas reclamaciones se acumulan en una sola demanda, que termina con un suplico en el que se solicita se dejen sin efecto los actos impugnado, declarándose la responsabilidad del Ayuntamiento demandado en las inundaciones ocurridas en Fuente de Cantos los días 2 de mayo y 27 de octubre, condenándose a la entidad local a indemnizarlos con la cuantía de 38.404, 02 euros.
En el antecedente de hecho quinto de la...
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