STSJ Castilla y León 447/2014, 3 de Marzo de 2014

PonenteFELIPE FRESNEDA PLAZA
ECLIES:TSJCL:2014:908
Número de Recurso1867/2010
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución447/2014
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 00447/2014

Sección Primera

N11600

N.I.G: 47186 33 3 2010 0102941

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001867 /2010

Sobre: AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

De D. Aurelio

LETRADO D. JAVIER GONZALEZ CLOUTE

PROCURADOR D. JORGE RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS

Contra CONSEJERIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA -JUNTA DE CASTILLA Y LEONLETRADO COMUNIDAD(SERVICIO PROVINCIAL)

SENTENCIA N.º 447

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DON JESÚS B. REINO MARTÍNEZ

DON SANTOS H. DE CASTRO GARCÍA

DON FELIPE FRESNEDA PLAZA

En Valladolid, a tres de marzo de dos mil catorce.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, el recurso contencioso-administrativo n.º 1867/2010, interpuesto por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós, en representación de D. Aurelio, siendo parte demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos, impugnándose la resolución de la Dirección General de Política Agraria y Comunitaria de 4 de noviembre de 2010 por la que se desestima la solicitud del recurrente de los pagos por superficie del régimen de pago único, de determinados cultivos herbáceos y otros regímenes de ayuda por superficie contemplados respectivamente en los títulos III y IV del Reglamento (CE) N.º 73/2009 e incluidos en la solicitud única de ayudas 2009 y se le deniega la concesión de dichas ayudas, y habiéndose seguido el procedimiento jurisdiccional ordinario previsto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de 13 de julio de 1998.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación procesal de la parte actora interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución expresada en el encabezamiento.

SEGUNDO

Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa de 13 de julio de 1998, y una vez que fue remitido este, se dio traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal, efectuando las alegaciones que se expresan en la fundamentación jurídica de esta resolución y suplicando que se anule la resolución recurrida y se condene a la Administración a reconocer el derecho del recurrente como beneficiario de la ayuda solicitada, con los atrasos y actualizaciones que procedan, así como los intereses legales.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda, alegando la legalidad del acuerdo recurrido.

CUARTO

Las partes no solicitaron el recibimiento del juicio a prueba, ni se formuló el escrito de conclusiones prevenido en el artículo 62 de la LJCA, quedando sin más trámite el procedimiento concluso para sentencia.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FELIPE FRESNEDA PLAZA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se plantea en el presente recurso jurisdiccional, la impugnación del acuerdo de la Dirección General de Política Agraria y Comunitaria de 4 de noviembre de 2010 por el que se desestima la solicitud del recurrente relativa a los pagos por superficie del régimen de pago único, de determinados cultivos herbáceos y otros regímenes de ayuda por superficie contemplados respectivamente en los títulos III y IV del Reglamento (CE) N.º 73/2009 e incluidos en la solicitud única de ayudas 2009 y se le deniega la concesión de dichas ayudas.

La parte recurrente alega, esencialmente, que se dan todos los requisitos precisos para ser beneficiario de la ayuda de pago único solicitada de...

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