STSJ Cataluña 1355/2014, 21 de Febrero de 2014

PonenteGREGORIO RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJCAT:2014:998
Número de Recurso2745/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1355/2014
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2011 - 8029780

jbo

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 21 de febrero de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 1355/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS) y Joaquín frente a la Sentencia del Juzgado Social 24 Barcelona de fecha 14 de mayo de 2013 dictada en el procedimiento Demandas nº 614/2011 y siendo recurrido/a FOGASA, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TAUN, S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. GREGORIO RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28 de junio de 2011 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 14 de mayo de 2013 que contenía el siguiente Fallo:

"ESTIMANDO en parte la demanda formulada por D. Joaquín, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la empresa TAUN, S.A., debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir la prestación de incapacidad permanente total, derivada de accidente no laboral que tiene reconocida a razón de la base reguladora de 2.026,29 euros mensuales condenando a todos los demandados a estar y pasar por dicha declaración, a la empresa demandada a su abono, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL."

En fecha 27 de marzo de 2012 se dictó Auto de Aclaración cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente, debiendo quedar el fallo con el siguiente contenido: "ESTIMANDO en parte la demada formulada por D. Joaquín, frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la empresa TAUN, S.A., debo declarar y declaro el derecho del actor a percibir la prestación de incapacidad permanente total, derivada de accidente no laboral que tiene reconocida a razón de la base reguladora de 2026,29 euros mensuales condenando a todos los demandados a estar y pasar por dicha declaración, a la empresa demandada a su abono."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO .- El demandante D. Joaquín, nacido el día NUM000 -1955 y con D.N.I. nº NUM001, figura afiliado a la Seguridad Social a través del Régimen General, y con profesión habitual de mecánico Tornero.

SEGUNDO

La Dirección Provincial del I.N.S.S. dictó resolución en fecha 09-03-11, declarando que la parte actora se halla en situación de incapacidad permanente total cualificada, derivada de accidente no laboral, con efectos desde el 20-01-11.

TERCERO

Formulada reclamación previa por considerar que se halla en situación de incapacidad permanente absoluta y que la base reguladora debe ser calculada en el período 1-1-09 a 31-12-09, fue desestimada por resolución definitiva de fecha 10-05-11, quedando agotada la vía administrativa.

CUARTO

La base reguladora de la prestación asciende a 1.906,27 euros mensuales si se obtiene del período 3/2007 a 2/2009.

QUINTO

Según informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social el actor fue alta en la empresa demandada desde el 18- 06-1996 hasta el 12-03-09, percibe desempleo desde el 20-10-10 y figuran cotizaciones de la empresa hasta el 12-03-09.

La TGSS tramitó de oficio el alta y la baja del actor en la empresa demandada en el período 13-03-09 a 30-09-09.

SEXTO

El actor presentó demanda por despido que correspondió por reparto al Juzgado de lo Social nº 1 de Mataró que dictó sentencia en fecha 05-08-09 que declaró la nulidad de los despidos de fecha 12-03-09, entre ellos el del actor, En dicha sentencia se declara probado que el salario del actor ascendía a 2.500,12 euros mensuales. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social levantó actas de infracción y liquidación teniendo en cuenta dicho...

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