STSJ Cataluña 66/2014, 30 de Enero de 2014

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2014:1635
Número de Recurso151/2012
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución66/2014
Fecha de Resolución30 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección Tercera

Rollo de apelación número 151/2012 (A)

Dimanante del procedimiento abreviado nº 675/11 del JCA 2 Tarragona (Pieza de medidas cautelares)

Parte apelante: Subdelegación del Gobierno en Tarragona

Parte apelada: D. Guillermo

SENTENCIA Nº 66

Ilmos. Sres.

Magistrados

José Juanola Soler

Manuel Táboas Bentanachs

Francisco López Vázquez

En la ciudad de Barcelona, a treinta de enero de dos mil catorce.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de S.M. el Rey, el recurso de apelación seguido ante la misma con el número de referencia, promovido, en su calidad de parte apelante, a instancia de la Subdelegación del Gobierno en Tarragona, representada por el Abogado del Estado, contra D. Guillermo, representado, en su calidad de parte apelada, por la procuradora Sra. Oria Pérez, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de los de Tarragona, en la pieza separada de suspensión de los autos de su procedimiento arriba indicado, se dictó auto de fecha 8 de febrero de 2.012, acordando la suspensión cautelar de la ejecutividad de la resolución administrativa impugnada, únicamente en lo tocante a la advertencia de abandono del territorio nacional en ella contenida.

SEGUNDO

Interpuesto contra tal resolución recurso de apelación, admitido, formulada oposición, remitidas las actuaciones a esta Sala y comparecidas las partes, se señaló la votación y fallo para el día 22 de enero de 2.014. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Francisco López Vázquez, quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En orden la suspensión de la orden administrativa de expulsión de un extranjero del territorio nacional o de aquellas que como consecuencia imponen la obligación de salida (como el apercibimiento de abandono de España, al que deben aplicarse similares consideraciones, por ser sus consecuencias en última instancia las mismas que las de una orden de expulsión), constituye doctrina jurisprudencial consolidada la de acordar la medida cautelar cuando se acredita arraigo del recurrente en España, ya sea por razones familiares, ya sea por...

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