STSJ Cataluña 80/2014, 31 de Enero de 2014

PonenteJAVIER BONET FRIGOLA
ECLIES:TSJCAT:2014:1546
Número de Recurso232/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN CONTRA SENTENC
Número de Resolución80/2014
Fecha de Resolución31 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

Recurso de apelación contra sentencias nº 232/2013

Partes: Torcuato

C/ SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA

S E N T E N C I A Nº 80

Ilmos. Sres. Magistrados:

Don Javier Bonet Frigola

Doña Montserrat Figuera Lluch

Don Héctor García Morago

En la ciudad de Barcelona, a treinta y uno de enero de dos mil catorce.

VISTOS POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA (SECCIÓN SEGUNDA), constituída para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 232/2013, interpuesto por Torcuato, representado por la Procuradora de los Tribunales MARIA ROSARIO ARCE PEREZ y asistido de Letrado, contra la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representada y defendida por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Javier Bonet Frigola, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado Contencioso Administrativo 2 de Barcelona dictó en el Procedimiento abreviado nº 241/2011, la Sentencia nº 63/2013, de fecha 13 de febrero de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo DESESTIMAR Y DESESTIMO el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto por D. Torcuato contra la Resolución de la Subdelegada del Gobierno en Barcelona, de fecha 10 de marzo de 2011, por la que se acordó la expulsión del territorio español del recurrente, así como la prohibición de entrar en el territorio nacional por un período de tres años, declarando que el citado acto es ajustado a derecho, y sin que proceda la imposición del pago de costas procesales.".

SEGUNDO

Contra dicha resolución, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, siendo parte apelante Torcuato y apelada SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA.

TERCERO

Desarrollada la apelación se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 31 de enero de 2014. CUARTO.- En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso de apelación la Sentencia de fecha 13 de febrero de 2013, del Juzgado Contencioso Administrativo num. 2 de Barcelona, que desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Torcuato, contra la Resolución de la Subdelegación del Gobierno en Barcelona de fecha 10 de marzo de 2011, por la que se acordó sancionar al recurrente con la expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada...

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