STSJ Cataluña 754/2014, 3 de Febrero de 2014

PonenteMARIA NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
ECLIES:TSJCAT:2014:1299
Número de Recurso4113/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución754/2014
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 42 - 1 - 2002 - 0004212

EBO

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 3 de febrero de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 754/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por Sebastián frente a la Sentencia del Juzgado Primera Instancia 37 Barcelona de fecha 12 de abril de 2.013 dictada en el procedimiento Suspensión de pagos nº 93/2002 y siendo recurrida Esperanza (Administrador Concursal) y PRODUCTOS Y SERVICIOS CONTRA EL FUEGO, S.L.. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 13 de marzo de 2013 tuvo entrada en el citado Juzgado de Primera Instancia demanda sobre Extinciones contrato de trabajo Juzgados Mercantil, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 12 de abril de 2013 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda incidental interpuesta por D. Sebastián, representado por el Procurador Ricard Simó Pascual y defendido por el Letrado Joan Mª Cases Borrell, debo ABSOLVER y ABSUELVO a las demandadas de los pedimentos formulados en su contra."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dentro del procedimiento concursal seguido contra la empresa PRODUCTOS Y SERVICIOS CONTRA EL FUEGO, S.L. y tras dictarse auto de extinción de los contratos de doce trabajadores, se planteó demanda incidental por uno de ellos, Sebastián, quien ahora interpone recurso de suplicación contra la sentencia que desestimó dicha demanda.

Plantea en su recurso un solo motivo, que ampara procesalmente en el apartado a) del art. 193 de la LRJS, para interesar la nulidad de la sentencia y del juicio para que, retrotrayéndose las actuaciones previamente, se celebre este nuevamente con la citación previa de la empresa MANTENIMENTS I INSTALACIONS CONTRA INCENDIS, S.C.I. Aduce que la sentencia viola los arts. 64.8 y 195 de la Ley Concursal .

SEGUNDO

El auto que resuelve, en el seno de un procedimiento concursal, sobre la suspensión, modificación o extinción de las relaciones laborales colectivas tiene dos cauces de impugnación claramente diferenciados en el artículo 64. 8 de la Ley 22/2003, de 9 de julio Concursal : 1) El recurso de suplicación y los demás recursos previstos en la legislación laboral, cuando se cuestione la decisión judicial de suspensión, modificación o extinción de las relaciones laborales en su vertiente colectiva, desligada, por tanto, de la afectación particularizada a los intereses concretos de determinados trabajadores; y 2) las acciones que los trabajadores puedan ejercer contra el auto, en cuestiones que se refieran estrictamente a la relación jurídica individual (por ej.: salario, cuantía de las...

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