STSJ Cataluña 796/2014, 5 de Febrero de 2014

PonenteJOSE DE QUINTANA PELLICER
ECLIES:TSJCAT:2014:1264
Número de Recurso6040/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución796/2014
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8032929

JSP

ILMO. SR. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER

ILMO. SR. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. ENRIQUE JIMÉNEZ ASENJO GÓMEZ

En Barcelona a 5 de febrero de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 796/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social frente a la Sentencia del Juzgado Social 7 Barcelona de fecha 20 de marzo de 2013 dictada en el procedimiento Demandas nº 679/2012 y siendo recurrido Sebastián . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de julio de 2012 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de marzo de 2013 que contenía el siguiente Fallo: " Que estimando la demanda planteada por Sebastián contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social declaro que la parte actora se encuentra en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE, en su grado de TOTAL, derivada de enfermedad común. En consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad demandada a estar y pasar por esta resolución y, en consecuencia, a reconocer y abonar a la parte actora una pensión vitalicia y mensual en cuantía del 55% de la base reguladora de 665,32 #, más los incrementos legales que, en su caso correspondan y con efectos desde 09-03-2012. "

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - Sebastián, nacido el NUM000 -1968, cuyas circunstancias personales se tienen por reproducidas, afiliado a la Seguridad Social, en situación de alta o asimilada a la de alta en el Régimen General, iniciada situación de incapacidad temporal el 2-11-11, promueve expediente de incapacidad permanente el 27-02-12. 2º.- Resolución de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social de 20-4-2012 declaró que la parte actora no se encontraba en ninguno de los grados de situación de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, teniendo acreditado el período mínimo de cotización, por no reunir el requisito de incapacidad permanente. Se valoraron las lesiones dictaminadas en fecha por el Institut Català d'Avaluacions Mèdiues el 09-03-12: "PROTESIS CADERA IZQUIERDA EN NOVIEMBRE-2011 POR NECROSIS AVASCULAR CABEZA FEMUR EN RECUPERACIÓN" sin hacer propuesta por considerar que el trabajo está adaptado a la minusvalía, atendiendo a la profesión de Peón Envasado Centro Especial de Empleo.

  2. - La parte actora interpuso reclamación previa por considerar que está afectado de una incapacidad permanente en el grado de total, derivada de enfermedad común. R. de 08-06-12 desestima la reclamación previa.

  3. - La parte actora padece

    -Discectomía y artrodesis metálica C5-C6 en feb/2000 por hernia discal. Discopatías C3-C4 y C4-C5 y uncoartrosis con reducción diámetro foraminal bilateral (RNM marzo/2009) y radiculopatía crónica bilateral de predominio derecho C7 (EMG jul/2012). Movilidad limitada especialmente flexión y rotación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR