STSJ Cataluña 656/2014, 29 de Enero de 2014

PonenteMARIA NATIVIDAD BRACERAS PEÑA
ECLIES:TSJCAT:2014:1127
Número de Recurso5388/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución656/2014
Fecha de Resolución29 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8026798

EBO

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMO. SR. ADOLFO MATIAS COLINO REY

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 29 de enero de 2014

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 656/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por Petra frente a la Sentencia del Juzgado Social 9 Barcelona de fecha 5 de marzo de 2013 dictada en el procedimiento Demandas nº 555/2012 y siendo recurrido Servicio Público de Empleo Estatal. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de junio de 2012 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 5 de marzo de 2013 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimo la demanda formulada por D. Petra contra el Servicio Publico de Empleo Estatal y en consecuencia absuelvo al SPEE confirmando la resolución impugnada".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La actora, D. Petra, es perceptora de la prestación por desempleo.

  2. - Como demandante de empleo debía renovar la demanda con efectos de 30 de diciembre de 2011. No lo hizo ni en la fecha señalada ni en otras posteriores.

  3. - El SPEE, en fecha de 19 de enero de 2012 emitió comunicación, en la que se contenía propuesta de sanción de extinción de la prestación por desempleo reconocida durante un mes, por no renovación de la demanda de empleo. Se concedió a la actora plazo de quince días hábiles para formular alegaciones. 4º.- Evacuado el traslado conferido, la demandante presentó escrito alegando que se le había olvidado como consecuencia de la enfermedad que padece y adjuntó un certificado médico de fecha de 1 de febrero de 2012 y un certificado del técnico del IRES. ( Folio 19 y 20 ) . Finalmente la Dirección Provincial del SPEE en Barcelona dicto resolución en fecha de 6 de febrero de 2012 por la que acordó imponer sanción de suspensión de la prestación por desempleo durante un mes. ( Folio 21)

  4. - Formulada por la demandante reclamación previa esta fue desestimada.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado no impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO : La Sala ha de abordar de oficio y con prioridad, por tratarse de una cuestión de orden público procesal, su competencia funcional y a la procedencia o no del recurso de suplicación.

En el presente caso el recurso se plantea contra la sentencia en la que se desestimó la pretensión de la actora mediante la que interesaba que dejase sin efecto la sanción impuesta por el SPEE de suspensión por un mes de la prestación de desempleo que venía percibiendo. El valor de la cuestión debatida, por tanto, no alcanza los 3.000 euros que como mínimo prevé el art. 191.2.g) de la LRJS, valorándola conforme indica el art. 192.3 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR