STSJ Cataluña 1440/2014, 24 de Febrero de 2014

PonenteDANIEL BARTOMEUS PLANA
ECLIES:TSJCAT:2014:1046
Número de Recurso5816/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución1440/2014
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08187 - 44 - 4 - 2009 - 0020648

jbo

IL·LM. SR. DANIEL BARTOMEUS PLANA

IL·LM. SR. AMADOR GARCIA ROS

IL·LM. SR. MIGUEL ANGEL FALGUERA BARÓ

Barcelona, 24 de febrer de 2014

La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt,

EN NOM DEL REI

ha dictat la següent

SENTÈNCIA NÚM. 1440/2014

En el recurs de suplicació interposat per SUBDELEGACION DE GOBIERNO DE CATALUNYA a la sentència del Jutjat Social 1 Sabadell de data 18 de juliol de 2013 dictada en el procediment Demandes núm. 486/2012 en el qual s'ha recorregut contra la part Landelino, Mario, Nazario, Plácido, Rubén, Laura i Marina, ha actuat com a ponent Il·lm. Sr. DANIEL BARTOMEUS PLANA.

ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 8 de juny de 2012 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Salaris de tramitació, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 18 de juliol de 2013, que contenia la decisió següent:

Que, estimando la demanda interpuesta PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Landelino, Mario, Nazario, Plácido, Rubén, Laura Y Marina frente a la SUBDELEGACIÓN DE GOBIERNO DE CATALUNYA, debo declarar y declaro al Estado responsable del pago del exceso de los 60 días desde la presentación de la demanda, hasta la fecha de notificación de la sentencia, con el descuento de los periodos de suspensión imputables a los demandante y en concreto DEBO CONDENAR Y CONDENO a la entidad demandada SUBDELEGACION DE GOBIERNO DE CATALUÑA a que abone a cada uno de los demandantes por este concepto las siguientes cantidades:

Landelino, (126 x 86,68 - 817,04) = 10.104,64 euros.

Mario, (118 x 67,55 - 1.021,36) = 6.949,54 euros.

Nazario,(126 x 79,60 - 738,14) = 9.291,46 euros. Plácido, (126 x 66,14 - 843,95) = 7.489,69 euros.

Rubén, (126 x 55,28 - 573,25) = 6.392,03 euros.

Laura (126 x 60,75 - 876,02) = 6.778,48 euros.

Marina (126 x 45,18 - 615,80) = 5.076,88 euros.

condenando a la demandada al pago de dichas cantidades.

Segon

En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:

"PRIMERO.- Los demandantes Landelino, Mario, Nazario, Plácido, Rubén, Laura Y Marina presentaron el 24 de julio de 2009 demanda por despido improcedente contra la empresa GESPLATE S.L.

SEGUNDO

Dicha demanda fue repartida al Juzgado de lo Social nº 1 de Sabadell dando lugar a los autos por despido número 719/2009. La sentencia nº 164/2010 de 13 de abril de 2010, dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Sabadell en los autos 719/2009, estimaba la demanda promovida por los demandantes frente a la entidad Gesplate S.L. y declaro la nulidad del despido de los actores con fecha de efectos de 16 de julio de 2009. Dicha sentencia adquirió firmeza.

TERCERO

Despachada orden general de ejecución y dictada orden General de ejecución en el procedimiento de ejecución seguido ante este Juzgado bajo el número 248/2010 mediante auto de fecha 14 de octubre de 2010 se declaro extinguida la relación laboral de los actores demandantes Landelino, Mario

, Nazario, Plácido, Rubén, Laura Y Marina con la entidad GESPLATE S.L. atendida la imposibilidad de proceder a la readmisión de los trabajadores, con obligación de abonar los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido 16 de julio de 2009 hasta la fecha de extinción de relación laboral 14 de octubre de 2010 con descuento de los periodos en que los trabajadores demandantes han prestado servicios para otras empresas.

CUARTO

Con caracter previo a la comparecencia anterior el administrador concursal de la entidad GESPLATE S.L. presentó en fecha 11 de octubre de 2010 escrito en la ejecución número 248/2010 seguida en este Juzgado manifestando que la empresa ya no ejercia actividad alguna.

QUINTO

En fecha 28 de febrero de 2012 los demandantes Landelino, Mario, Nazario, Plácido, Rubén, Laura Y Marina presentaron ante el Área de Trabajo e Inmigración de la Subdelegación de Gobierno de Barcelona escrito por el que reclamaba del Estado en concepto de salarios de tramitación la cantidad global de 137.480,25 euros correspondientes a los días que exceden de los sesenta días hábiles transcurridos desde la fecha en que fue presentada la demanda hasta la de sentencia firme que constituye causa de pedir ante este organismo.

SEXTO

La Directora...

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