STSJ Asturias 574/2014, 14 de Marzo de 2014

PonenteISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
ECLIES:TSJAS:2014:832
Número de Recurso439/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución574/2014
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00574/2014

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 44 4 2013 0002054

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000439 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000365/2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de OVIEDO

Recurrente/s: Coral

Abogado/a: LAURA FERNANDEZ FERNANDEZ

Recurrido/s: Natalia, FONDO DE GARANTIA SALARIAL

Abogado/a: MANUEL ALONSO NIÑO, ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 574/14

En OVIEDO, a catorce de Marzo de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000439/2014, formalizado por la Letrado Dª. LAURA FERNANDEZ FERNANDEZ, en nombre y representación de Coral, contra la sentencia número 664/2013 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 0000365/2013, seguidos a instancia de Coral frente a la empresa JULIA SUAREZ FLOREZ y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo MagistradoPonente la Ilma Sra Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS . De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª. Coral presentó demanda contra la empresa JULIA SUAREZ FLOREZ y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 664/2013, de fecha once de diciembre de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) La actora, Doña Coral, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, prestó sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa JULIA SUAREZ FLOREZ, desde el 8 de marzo de 2012, ostentando la categoría profesional de camarera.

    Por sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Oviedo de fecha 30 de octubre de 2012 se estimó la demanda en materia de despido interpuesta por la actora frente a la empresa y el FOGASA y se declaró la improcedencia del mismo. La citada sentencia es firme; en la misma se declara probado que:

    "1º ... el salario para jornada completa es de 23,5 euros y para media jornada de 11,74 euros.

    ... 4º El horario de trabajo era a jornada completa ...".

    La actora solicitó la aclaración de la sentencia que le fue desestimada por Auto de fecha 8 de marzo de 2013.

  2. ) Rige la relación laboral de la actora el convenio colectivo de la Hostelería del Principado de Asturias.

  3. ) La empresa abonó a la actora las siguientes cantidades brutas:

    Marzo 2012: 540,02 euros

    Abril 2012: 704,36 euros

    Mayo 2012: 704,36 euros

    La actora reclama a la empresa por diferencias salariales de los meses anteriores la cantidad total de

    1.876,56 euros, más los salarios del mes de junio de 2012, por importe de 934,63 euros, pp. Vacaciones por importe de 316,66 euros.

    La empresa reconoce que no se abonó a la actora el salario de los 22 días de junio.

  4. ) El día 26 de marzo de 2013 se celebró el preceptivo acto de conciliación ante la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación con el resultado de Sin Avenencia.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"Estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Coral contra la empresa JULIA SUAREZ FLOREZ, debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la actora la cantidad total de 725,03 euros, de los que 539,35 euros corresponden a cantidad salarial sobre la que se aplicará el 10% de interés por mora, y 185,68 euros corresponden al complemento de IT".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Coral formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 14 de febrero de 2014.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 27 de febrero de 2014 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia estima parcialmente la demanda formulada por la actora y condena a la empresa demandada a abonarle la cantidad de 725,03 euros en concepto de salarios del mes de junio de 2013, complemento incapacidad temporal, parte proporcional de la retribución de vacaciones y diferencias salariales de los meses de marzo, abril y mayo del mismo año. Frente a dicho pronunciamiento formula la representación letrada de la trabajadora recurso de suplicación, interesando en primer término la nulidad de la sentencia con amparo procesal en el artículo 193 a) LJS y la reposición de las actuaciones al momento procesal oportuno por entender infringidos los artículos 207 y 222 LEC . Considera que la sentencia de instancia no aplica correctamente el efecto de la cosa juzgada, y por tanto, debe resolver nuevamente la juzgadora de instancia desestimando la excepción alegada por la empresa y...

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