STSJ Asturias 90051/2014, 10 de Marzo de 2014

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2014:687
Número de Recurso193/2013
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución90051/2014
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 90051/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

APELACION Nº 193/13

APELANTE: D. Luis Miguel

PROCURADOR: D. RAFAEL COBIAN GIL DELGADO

APELADOS: SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, MINISTERIO FISCAL

REPRESENTANTE: SR. LETRADO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

SENTENCIA DE APELACIÓN nº 51/14

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Luis Querol Carceller

Magistrados:

D. Antonio Robledo Peña

Dña. Olga González Lamuño Romay

En Oviedo, a diez de marzo de dos mil catorce.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 193/13, interpuesto por D. Luis Miguel y representado por el Procurador D. Rafael Cobián Gil Delgado, contra los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, representados por el Sr. Letrado del Principado, y contra el Ministerio Fiscal. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado DÑA. Olga González Lamuño Romay.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación dimana de los autos de Derechos Fundamentales nº 407/12 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Oviedo.

SEGUNDO

El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de fecha 20 de marzo de 2013 . Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos. TERCERO.- Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 6 de marzo pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a la consideración de esta Sala en el presente recurso de apelación, la Sentencia dictada el día 20 de marzo de 2013, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Oviedo, en el procedimiento seguido para la Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, tramitado con el nº 407/2012, desestimatoria del recurso interpuesto por D. Luis Miguel, aquí apelante, contra la actuación del Area de recaudación de Gijón de los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, en el expediente de derivación de responsabilidad subsidiaria seguido respecto de Marí Luz como adquiriente de bien inmueble afecto al pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones por las deudas en apremio de tal impuesto de Luis Miguel .

Se solicita por la apelante que se acojan favorablemente las alegaciones formuladas en escrito de apelación y en la totalidad del procedimiento revocando la sentencia de instancia y estimar la demanda en la que se solicitaba se declare nulo el acto administrativo por el que se declare la responsabilidad subsidiaria de Dª Marí Luz, declarando que no procede derivar responsabilidad alguna sobre ese inmueble a su actual propietario, con imposición de costas a la Administración demandada, solicitándose por esta última, representada por la Letrada de los Servicios Jurídicos del Principado de Asturias, la confirmación en todos los...

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