STSJ Asturias 90051/2014, 10 de Marzo de 2014
Ponente | MARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY |
ECLI | ES:TSJAS:2014:687 |
Número de Recurso | 193/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 90051/2014 |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)
OVIEDO
SENTENCIA: 90051/2014
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
Sala de lo Contencioso-Administrativo
APELACION Nº 193/13
APELANTE: D. Luis Miguel
PROCURADOR: D. RAFAEL COBIAN GIL DELGADO
APELADOS: SERVICIOS TRIBUTARIOS DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS, MINISTERIO FISCAL
REPRESENTANTE: SR. LETRADO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
SENTENCIA DE APELACIÓN nº 51/14
Ilmos. Sres.:
Presidente:
D. Luis Querol Carceller
Magistrados:
D. Antonio Robledo Peña
Dña. Olga González Lamuño Romay
En Oviedo, a diez de marzo de dos mil catorce.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 193/13, interpuesto por D. Luis Miguel y representado por el Procurador D. Rafael Cobián Gil Delgado, contra los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, representados por el Sr. Letrado del Principado, y contra el Ministerio Fiscal. Siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado DÑA. Olga González Lamuño Romay.
El recurso de apelación dimana de los autos de Derechos Fundamentales nº 407/12 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de los de Oviedo.
El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de fecha 20 de marzo de 2013 . Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos. TERCERO.- Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 6 de marzo pasado, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.
Se somete a la consideración de esta Sala en el presente recurso de apelación, la Sentencia dictada el día 20 de marzo de 2013, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Oviedo, en el procedimiento seguido para la Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, tramitado con el nº 407/2012, desestimatoria del recurso interpuesto por D. Luis Miguel, aquí apelante, contra la actuación del Area de recaudación de Gijón de los Servicios Tributarios del Principado de Asturias, en el expediente de derivación de responsabilidad subsidiaria seguido respecto de Marí Luz como adquiriente de bien inmueble afecto al pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones por las deudas en apremio de tal impuesto de Luis Miguel .
Se solicita por la apelante que se acojan favorablemente las alegaciones formuladas en escrito de apelación y en la totalidad del procedimiento revocando la sentencia de instancia y estimar la demanda en la que se solicitaba se declare nulo el acto administrativo por el que se declare la responsabilidad subsidiaria de Dª Marí Luz, declarando que no procede derivar responsabilidad alguna sobre ese inmueble a su actual propietario, con imposición de costas a la Administración demandada, solicitándose por esta última, representada por la Letrada de los Servicios Jurídicos del Principado de Asturias, la confirmación en todos los...
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