STSJ Aragón 140/2014, 4 de Marzo de 2014

JurisdicciónEspaña
Número de resolución140/2014
EmisorTribunal Superior de Justicia de Aragón, sala social
Fecha04 Marzo 2014

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00140/2014

T.S.J.ARAGON SALA SOCIALZARAGOZA

- CALLE COSO Nº 1

Tfno: 976208361

Fax:976208405

NIG: 50297 34 4 2014 0102487

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000078 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SEGURIDAD SOCIAL 0000917 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 005 de ZARAGOZA

Recurrente/s: Artemio

Abogado/a: JULIAN CARMONA FERNANDEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: FREMAP FREMAP, I N S S, T G S S, REAL ZARAGOZA S.A.D.

Abogado/a: ANTONIO CENDOYA MENDEZ DE VIGO, LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, ALBERTO FERNANDEZ SOLOMANDO

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Rollo número 78/2014

Sentencia número 140/2014

M.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT En Zaragoza, a cuatro de marzo de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 78 de 2014 (Autos núm. 917/2011), interpuesto por la parte demandante D. Artemio, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 30 de octubre de 2013 ; siendo demandados REAL ZARAGOZA S.A.D., el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y la MUTUA FREMAP, Mutua de Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 61, de sobre incapacidad permanente total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Artemio, contra Mutua FREMAP y otros ya nombrados, sobre incapacidad permanente total, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social 5 de Zaragoza, de fecha 30 de octubre de 2013, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda formulada por D. Artemio contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO FREMAP y el club REAL ZARAGOZA S.A.D., debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones ejercitadas en su contra en la demanda.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO.- Que D. Artemio, con D.N.I. núm. NUM000, nacido el día NUM001 -88, prestaba sus servicios como FUTBOLISTA PROFESIONAL para el club REAL ZARAGOZA S.A.D., que tiene aseguradas las contingencias profesionales con la MUTUA DE ACCIDENTES FREMAP (hechos no controvertidos).

SEGUNDO

Que en fecha 29-11-12 la Dirección Provincial de Zaragoza del INSS dictó resolución por la que se denegaba el derecho a la prestación por no encontrarse el reclamante en situación de incapacidad permanente en ningún grado de incapacidad. Contra la citada resolución la parte actora interpuso reclamación previa, denegándose por resolución de la Dirección Provincial de Zaragoza del INSS, de fecha 11-03-13.

TERCERO

Que la incapacidad permanente solicitada deriva de ACCIDENTE DE TRABAJO, como consecuencia de lesiones en la rodilla derecha sufridas en partido oficial el 18-09-08 y en entrenamiento oficial el 21-09-09 (resolución del INSS de fecha 17-11-11 al folio 570, no resultando controvertido el carácter de accidente de trabajo de la prestación que se discute).

CUARTO

Que D. Artemio padece el siguiente cuadro residual:

ANTIGUA DEHISCENCIA DE LCA RODILLA DERECHA.

Las referidas secuelas generan como limitaciones orgánicas y funcionales más importantes:

ANTIGUA DEHISCENCIA DE LCA DE RODILLA DERECHA, REINTERVENIDA EN FEBRERO DE 2010 (ANTECEDENTES DE LIGAMENTOPLASTIA EN 2006 Y 2008) EN SITUACIÓN DE ESTABILIDAD PASIVA (PLASTIA CLÍNICAMENTE ÍNTEGRA Y RESISTENTE) Y ACTIVA CON LIGERA TENDENCIA A CAJÓN ANTERIOR A LA EXPLORACIÓN. BM CONSERVADO CON CONTROL DEL EQUILIBRIO (APOYO MONOPODAL SUFICIENTE) Y CONTROL MUSCULAR ACTIVO, CON BA COMPLETO. CUCLILLAS POSIBLES CON REFERENCIA DE MOLESTIAS A FLEXION MÁXIMA. PUNTILAS Y TALONES SUFICIENTES. DEAMBULACION CONSERVADA AUTÓNOMA.

QUINTO

No se discute ni la base reguladora mensual de la prestación (728,10 euros mensuales), ni la fecha de efectos (23-11-12)".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada Mutua FREMAP.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso del demandante impugna la sentencia desestimatoria dictada, para que se revoque la misma y se declare su derecho a prestación por incapacidad permanente total para su profesión habitual de futbolista, derivada de accidente de trabajo, mediante la formulación de dos Motivos de revisión fáctica y otro de infracción jurídica.

SEGUNDO

Por el cauce procesal previsto en el ap. b) del art. 193 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS ), pretende el recurso la revisión del Hecho Probado Cuarto de la sentencia, con apoyo probatorio en la documental que señala, para que se adicione el párrafo que expone extraído del informe médico del Dr. Humberto, citado en la ampliación del informe del EVI.

En el F. J....

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