STSJ Comunidad Valenciana 1839/2013, 10 de Diciembre de 2013

PonenteRAFAEL PEREZ NIETO
ECLIES:TSJCV:2013:6561
Número de Recurso2430/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1839/2013
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2013
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO - 002430/2010

N.I.G.: 46250-33-3-2010-0009963

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA

COMUNIDAD VALENCIANA

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN 3

SENTENCIA Nº . 1839 /13

En la ciudad de Valencia, a 10 de diciembre de 2013.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don Luis Manglano Sada, Presidente, don Rafael Pérez Nieto y don Gonzalo Barra Plá, Magistrados, el recurso contencioso-administrativo con el número 2430/10, en el que han sido partes, como recurrente, doña Nuria, representada por la Procuradora Sra. Izquierdo Tortosa y defendida por el Letrado Sr. de Vicente Cañizares, y como demandada el Tribunal Económico-Administrativo Regional, que actuó bajo la representación del Sr. Abogado del Estado. La cuantía es de 1348,49 euros. Ha sido ponente el Magistrado don Rafael Pérez Nieto.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites establecidos por la ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara demanda, lo que verifica en escrito mediante el que quedan ejercitadas sus pretensiones de que se declare la nulidad de la resolución impugnada del TEAR y que se le reconozca su derecho a la reducción en su mitad del módulo de personal no asalariado.

SEGUNDO

La parte demandada dedujo escrito de contestación en el que solicita que se declare la conformidad a Derecho de la resolución impugnada.

TERCERO

El proceso se recibió a prueba. Evacuados los escritos de conclusiones, los autos quedaron pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 10 de diciembre de 2013.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de la impugnación del presente recurso contencioso-administrativo es el acuerdo de 29-7-2010 del TEAR (Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana) que resolvió la reclamación núm. NUM000 (y acumuladas NUM001, NUM002 y NUM003 ). Las reclamaciones fueron planteadas por doña Nuria contra tres liquidaciones del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), correspondientes a los ejercicios de 2004, 2005 y 2006, así como contra dos acuerdos sancionadores conectados a las referidas deudas tributarias de 2004 y de 2006. Los actos impugnados hubieron sido dictados por la Inspección Tributaria. La discrepancia entre la Inspección Tributaria y la reclamante trae causa en el cómputo del personal no asalariado a los efectos de la cuantificación en la actividad "fabricación mobiliario de madera para hogar" (epígrafe IAE 468.1). Consideró la Inspección Tributaria que, por falta de prueba, la aportación de la empresaria debía computarse en "1" y no en "50%" de dedicación efectiva en el régimen de estimación objetiva del IRPF, lo cual conllevó un aumento de la deuda tributaria.

La parte recurrente del proceso, doña Nuria, relata que dedicaba a su actividad empresarial un número de horas inferior al imputado genéricamente, concurriendo causas objetivas para ello, lo cual se deduce, según dicha parte, de su función de asistencia permanente y constante a una anciana valetudinaria.

SEGUNDO

El Tribunal Constitucional ( SSTC 37/1987, de 26 de marzo ; 14/1998, de 22 de enero ) ha venido reconociendo a las leyes que conforman nuestro sistema tributario la posibilidad de gravar manifestaciones de capacidad...

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