Sentencia nº 359/2003 de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Contencioso, 12 de Diciembre de 2003

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Resumen


Resolución de fecha 23-5-2002 del Ayuntamiento de Covaleda, desestimando recurso reposición interpuesto contra acuerdo de 7-2-2002, sobre concesión a partir del próximo año de forma directa y personal su lote de pinos como beneficiario de aprovechamientos forestales.

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Extracto


Sentencia nº 359/2003 de TSJ Castilla y León (Burgos), Sala de lo Contencioso, 12 de Diciembre de 2003

SENTENCIA

En la Ciudad de Burgos a doce de diciembre de dos mil tres.

En el recurso contencioso administrativo número 500/2002 interpuesto por DON Gerardo representado por la Procuradora Doña Elena Cobo de Guzmán Pisón y defendido por el Letrado Don José Pedro Gómez Cobo contra Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Covaleda de 23 de mayo de 2002 desestimando el recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra otra resolución de dicha Alcaldía de 7 de febrero de 2002 por la que se desestima su solicitud de que su lote de pinos, como beneficiario de aprovechamientos forestales, le sea concedido a partir del próximo año de forma directa y personal no incluyéndolo en el multivecinal de la Sociedad Vecinal de Maderas, habiendo comparecido como parte demandada EL AYUNTAMIENTO DE COVALEDA representado por el Procurador Don Jesús Miguel Prieto Casado y defendido por el Letrado Don José Miguel García Asensio.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 4 de octubre de 2002.

Admitido a trámite el recurso y no habiéndose solicitado el anuncio de la interposición del mismo, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que se efectuó en legal forma por medio de escrito presentado en fecha 23 de diciembre de 2002 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que "estimando íntegramente la presente demanda, declare nulas, anule o revoque y deje sin efecto las resoluciones recurridas, con las consecuencias a ello inherentes, y declar...

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